Ley Bases - Lex
Tipo: sustitucion
Actualizado

Artículo 105

Libertad de comercialización de hidrocarburos para permisionarios y concesionarios

Sustitúyese el Artículo 6 de la ley 17.319 por el siguiente: Artículo 61: Los permisionarios y concesionarios tendrán el dominio sobre los hidrocarburos que extraigan y, consecuentemente, podrán transportarlos, comercializarlos, industrializarlos y comercializar sus derivados libremente, conforme la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo nacional. El Poder Ejecutivo nacional no podrá intervenir o fijar los precios de comercialización en el mercado interno para ninguna de las actividades indicadas en el párrafo anterior. Los permisionarios, concesionarios, refinadores y/o comercializadores podrán exportar hidrocarburos y/o sus derivados libremente, sujeto a la no objeción de la Secretaría de Energía. El efectivo ejercicio de este derecho estará sujeto a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo nacional, la cual entre otros aspectos deberá considerar: (i) los requisitos habituales vinculados al acceso de los recursos técnicamente probados; y (u) que la eventual objeción de la Secretaría de Energía sólo podrá ser formulada dentro de los treinta (30) días de puesta en su conocimiento las exportaciones a practicar, debiendo estar fundada en motivos técnicos o económicos que, hagan a la seguridad del suministro. Transcurrido dicho plazo, la Secretaría de Energía no podrá realizar objeción alguna.

¿Qué significa?

a. Introducción y Conceptos Clave

El Artículo 105 de la ley Bases introduce una modificación al marco regulatorio de la actividad de hidrocarburos en Argentina. Específicamente, este artículo sustituye el Artículo 61 de la Ley 17.319, la cual regula el régimen de hidrocarburos. En términos sencillos, este artículo establece que quienes obtengan permisos o concesiones para la extracción de hidrocarburos tendrán la propiedad sobre los mismos y podrán disponer de ellos con libertad, incluyendo su transporte, comercialización, industrialización y exportación. Para comprender mejor este artículo, es importante tener en cuenta los siguientes conceptos: Permiso o concesión: Es una autorización otorgada por el Estado a una empresa o particular para realizar actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en un área determinada. Dominio: Se refiere al derecho de propiedad sobre los hidrocarburos extraídos. Comercialización: Implica la compraventa de los hidrocarburos o sus derivados en el mercado interno o externo. Industrialización: Se refiere a la transformación de los hidrocarburos en otros productos, como combustibles o productos petroquímicos. Exportación: Es la venta de hidrocarburos o sus derivados a otros países.

b. Explicación Detallada

El Artículo 105, al modificar el Artículo 61 de la Ley 17.319, establece lo siguiente: Propiedad de los hidrocarburos: Los titulares de permisos o concesiones serán dueños de los hidrocarburos que extraigan. Esto significa que podrán decidir qué hacer con ellos sin restricciones, como si se tratase de cualquier otro bien de su propiedad. Libertad de comercio: Los permisionarios y concesionarios podrán comercializar los hidrocarburos y sus derivados libremente. Esto implica que podrán venderlos a quien deseen, tanto en Argentina como en el extranjero, y fijar los precios según las condiciones del mercado. Limitaciones a la intervención estatal: Se prohíbe al Poder Ejecutivo Nacional intervenir en la fijación de precios de los hidrocarburos en el mercado interno. Es decir, el Estado no podrá establecer precios máximos o mínimos para la venta de estos productos dentro del país. Exportación sujeta a no objeción: La exportación de hidrocarburos estará sujeta a la "no objeción" de la Secretaría de Energía. Esto significa que las empresas podrán exportar libremente, salvo que la Secretaría, dentro de un plazo de 30 días, presente una objeción fundada en motivos técnicos o económicos que afecten la seguridad del suministro interno.

c. Ejemplos Ilustrativos

Para entender mejor el alcance de este artículo, veamos algunos ejemplos: Ejemplo 1: Una empresa obtiene una concesión para extraer petróleo en la provincia de Neuquén. De acuerdo con este artículo, la empresa será dueña del petróleo extraído y podrá decidir si lo vende a una refinería en Argentina o lo exporta a otro país. Ejemplo 2: Un grupo de empresas productoras de gas natural acuerdan un precio de venta a una distribuidora. El Estado no podrá intervenir para modificar este precio, ya que la ley garantiza la libre comercialización de los hidrocarburos. Ejemplo 3: Una empresa refinadora de petróleo desea exportar gasoil a un país vecino. Para hacerlo, deberá informar a la Secretaría de Energía, la cual tendrá un plazo de 30 días para objetar la operación por motivos técnicos o de seguridad de suministro. Si no hay objeciones dentro de ese plazo, la empresa podrá exportar el gasoil libremente.
¿Cuáles son las consecuencias?
La modificación introducida por el Artículo 105 a la Ley 17.319 sobre hidrocarburos en Argentina trae consigo una serie de consecuencias, tanto para el sector energético como para la economía en general. Estas consecuencias pueden ser analizadas desde diferentes perspectivas: a) Impacto en el mercado de hidrocarburos: Mayor competencia: Al otorgar mayor libertad a los productores para comercializar los hidrocarburos, se espera que se genere una mayor competencia en el mercado, tanto a nivel interno como externo. Esto podría traducirse en una mayor oferta y, potencialmente, en precios más competitivos para los consumidores. Atracción de inversiones: La seguridad jurídica que brinda el reconocimiento de la propiedad sobre los hidrocarburos y la libertad de comercialización podría incentivar la inversión extranjera en el sector, impulsando el desarrollo de proyectos de exploración y producción. Posible volatilidad de precios: La liberalización del mercado de hidrocarburos podría implicar una mayor volatilidad en los precios, influenciados por factores internacionales como el precio del crudo o la demanda global. b) Impacto en la economía Argentina: Incremento de las exportaciones: La posibilidad de exportar hidrocarburos con mayor libertad podría generar un aumento de las exportaciones argentinas, mejorando la balanza comercial y generando ingresos de divisas para el país. Crecimiento económico e industrial: El desarrollo del sector de hidrocarburos impulsado por las inversiones y la mayor producción podría generar un efecto multiplicador en la economía, creando empleos e impulsando el crecimiento industrial. Dependencia del sector externo: Un aumento de la producción y exportación de hidrocarburos podría generar una mayor dependencia de Argentina a los mercados internacionales y a las fluctuaciones de precios, lo cual podría ser un factor de vulnerabilidad económica. c) Impacto para los consumidores: Precios potencialmente más bajos: La mayor competencia en el mercado podría traducirse en precios más bajos para los consumidores de combustibles y otros derivados de hidrocarburos, aunque esto no está garantizado y dependerá de la evolución del mercado internacional. Mayor variedad de productos: La apertura a la importación de hidrocarburos podría implicar una mayor disponibilidad y variedad de productos para los consumidores argentinos. d) Otros aspectos a considerar: Rol del Estado: Esta modificación implica un cambio en el rol del Estado, que pasa de tener un rol más intervencionista en el mercado de hidrocarburos a un rol de regulador y garante del abastecimiento interno. Desarrollo sostenible: Es fundamental que este cambio en el marco regulatorio vaya acompañado de políticas que garanticen un desarrollo sostenible del sector, minimizando el impacto ambiental y promoviendo la eficiencia energética. En resumen, las consecuencias de la modificación al Artículo 61 de la Ley 17.319 son complejas y multifacéticas, con potencial para generar beneficios económicos e impulsar el desarrollo del sector energético, pero también con riesgos e incertidumbres que deberán ser cuidadosamente gestionados por las autoridades para garantizar un impacto positivo en el largo plazo.