Ley Bases - Lex
Tipo: sustitucion
Actualizado

Artículo 127

Modificación de la Ley de Licitaciones Públicas: Adjudicación al Oferente Más Conveniente

Sustitúyese el Artículo 48 de la ley 17.319 por el siguiente: Artículo 48: La autoridad de aplicación nacional o provincial, según corresponda, estudiará todas las propuestas y la adjudicación del Poder Ejecutivo nacional o provincial, según corresponda, recaerá en el oferente que haya presentado la oferta más conveniente conforme lo establecido en el Artículo 47. Es atribución del Poder Ejecutivo nacional o provincial, según corresponda, rechazar todas las ofertas presentadas o adjudicar al único oferente en la licitación.

¿Qué significa?

a. Introducción y Conceptos Clave

El Artículo 127 de la ley Bases introduce modificaciones significativas a la Ley 17.319, que regula el régimen de hidrocarburos en Argentina. Específicamente, este artículo se centra en un aspecto crucial del sector: la renovación de las concesiones de explotación de hidrocarburos. Para comprender cabalmente el alcance de este artículo, es esencial definir algunos conceptos clave: Concesión de explotación: Es un acuerdo legal mediante el cual el Estado, como dueño del recurso natural (en este caso, hidrocarburos), otorga a una empresa el derecho exclusivo de explorar, extraer y comercializar los hidrocarburos presentes en un área determinada, por un período de tiempo específico. Imaginemos que el Estado posee un terreno con un manantial de agua potable. La concesión sería como un contrato de alquiler que le permite a una empresa embotellar y vender esa agua durante un tiempo determinado. Procedimiento licitatorio: Es un proceso administrativo competitivo y transparente, similar a una subasta, donde diferentes empresas interesadas en obtener una concesión presentan sus propuestas al Estado. La empresa que ofrece las mejores condiciones, según los criterios establecidos previamente, se adjudica la concesión. Inversiones no recuperadas: Son los gastos realizados por la empresa concesionaria durante el período de la concesión que no logró recuperar a través de la venta de los hidrocarburos extraídos. Siguiendo con el ejemplo del agua, serían las inversiones en la planta embotelladora o en la distribución que la empresa no pudo recuperar por la venta del agua.

b. Explicación Detallada

El Artículo 127, a través de la modificación de los Artículos 47 bis y 48 de la Ley 17.319, establece lo siguiente: Obligación de nuevo procedimiento licitatorio: Al finalizar el plazo de una concesión de explotación de hidrocarburos, esta no podrá ser renovada automáticamente. Se deberá realizar obligatoriamente un nuevo proceso de licitación, garantizando la competencia entre diferentes empresas. Plazo mínimo para la nueva licitación: La nueva licitación debe iniciarse con al menos un año de anticipación al vencimiento de la concesión actual. Esto permite un proceso transparente y ordenado, evitando posibles interrupciones en la producción. Reconocimiento de inversiones no recuperadas: El Estado, a través del pliego de bases y condiciones de la nueva licitación, puede establecer un mecanismo para que la empresa que obtuvo la nueva concesión reconozca el valor de las inversiones no recuperadas por la empresa anterior. Esto implica que la nueva empresa podría compensar a la anterior por las inversiones que no logró recuperar durante su período de concesión. Continuidad en la explotación de pozos existentes: La empresa que gane la nueva licitación tendrá la opción de continuar explotando los pozos ya existentes, pero solo si decide reconocer el valor de las inversiones no recuperadas de la empresa anterior. En caso contrario, no podrá explotarlos.

c. Ejemplos Ilustrativos

Supongamos que la empresa "Petrolera A" tiene una concesión para extraer petróleo en un área determinada. Esta concesión vence en el año 2025. Según el Artículo 127: A partir del 2024, el Estado deberá iniciar un nuevo proceso de licitación para adjudicar la concesión de esa área. "Petrolera A" podrá participar en la nueva licitación, compitiendo en igualdad de condiciones con otras empresas. Si "Petrolera B" gana la nueva licitación, y "Petrolera A" realizó inversiones en la construcción de un oleoducto que no pudo recuperar en su totalidad, el Estado puede establecer que "Petrolera B" compense a "Petrolera A" por ese valor. Si "Petrolera B" acepta reconocer el valor del oleoducto, podrá utilizarlo para transportar el petróleo que extraiga. En caso contrario, no podrá utilizarlo y deberá construir uno nuevo.
¿Cuáles son las consecuencias?

a. Impacto en la industria de hidrocarburos

Las modificaciones introducidas por el Artículo 127 tienen implicaciones de gran alcance para la industria de hidrocarburos en Argentina, incentivando la competencia y la transparencia: Mayor competencia: La obligatoriedad de realizar nuevas licitaciones para todas las concesiones que vencen, sin posibilidad de renovación automática, abre la posibilidad a nuevas empresas de ingresar al mercado. Esto podría generar una mayor competencia en el sector, con la consecuente presión a la baja en los precios de los hidrocarburos y un potencial aumento en la producción. Mayores inversiones: La posibilidad de recuperar las inversiones no amortizadas a través del reconocimiento por parte del nuevo adjudicatario podría incentivar a las empresas a realizar inversiones a largo plazo en exploración y producción, incluso en las etapas finales de la concesión. Mayor transparencia en el proceso de adjudicación: Al establecer un proceso de licitación transparente y competitivo, se busca evitar la discrecionalidad en la adjudicación de las concesiones. Esto contribuye a generar un marco regulatorio más estable y previsible para las empresas.

b. Impacto en el Estado

Estas modificaciones también tienen implicaciones importantes para el Estado argentino: Mayores ingresos fiscales: Un aumento en la producción de hidrocarburos, impulsado por la mayor competencia e inversión, podría traducirse en mayores ingresos fiscales para el Estado a través de regalías e impuestos. Mejor control sobre los recursos naturales: Los nuevos mecanismos de licitación brindarían al Estado un mayor control sobre sus recursos naturales, pudiendo establecer condiciones más beneficiosas para el país en términos de regalías, inversiones, protección ambiental, etc.

c. Posibles desafíos

Si bien el espíritu de las modificaciones parece positivo, existen ciertos desafíos a considerar: Complejidad en la valoración de las inversiones: Determinar el valor real de las inversiones no recuperadas puede ser complejo y generar disputas entre las empresas salientes y entrantes, lo que podría retrasar el proceso de licitación. Incertidumbre jurídica: La falta de precisión en algunos aspectos de la normativa podría generar incertidumbre jurídica y desalentar las inversiones en el sector.

d. En resumen

El Artículo 127 busca modernizar el régimen de concesiones de hidrocarburos en Argentina. Su éxito dependerá de la correcta implementación de los nuevos mecanismos y de la capacidad del Estado para generar un marco regulatorio estable y previsible que fomente la inversión y el desarrollo del sector.