Ley Bases - Lex
Tipo: incorporacion
Actualizado

Artículo 70

Regulación exclusiva de la extinción de contratos por interés público sin aplicación de normas limitativas

Incorpórase como artículo 7 ter de la ley 17.520 el siguiente: Artículo 7° ter: La extinción del contrato por razones de interés público se regirá únicamente por las disposiciones del presente artículo y no será de aplicación directa, supletoria ni analógica ninguna norma que establezca una limitación de responsabilidad, en especial las contenidas en las leyes 21.499 y sus modificatorias y 26.944 y en el decreto 1023/01 y sus modificatorias.

¿Qué significa?

a. Introducción y Conceptos Clave

El Artículo 70 ter modifica el marco regulatorio para la extinción de contratos de concesión por razones de interés público, estableciendo que tales decisiones deben ser reguladas exclusivamente por este artículo. Esto implica que ninguna otra ley que limite la responsabilidad de las partes o establezca procedimientos alternativos será aplicable en estos casos.

b. Explicación Detallada

Este artículo establece un procedimiento claro para la terminación de contratos de concesión, especificando que: 1. Debe identificarse y basarse en informes técnicos objetivos que justifiquen la extinción. 2. Las causas deben ser explícitamente declaradas y justificadas con base en una evaluación del interés público comprometido. 3. En caso de que no haya acuerdo previo sobre la compensación, se deberá recurrir a un panel técnico o tribunal arbitral, con la posibilidad de usar las inversiones no amortizadas como parámetro de compensación. 4. El pago de la indemnización debe ser acordado antes de ejecutar la extinción del contrato o tomar posesión de la obra por parte del concedente.

c. Ejemplos Ilustrativos

Ejemplo 1: Una concesión para la construcción de una autopista es cancelada por el gobierno debido a una revisión del interés público que indica que la obra ya no es viable económicamente. Se convoca un panel técnico para evaluar la compensación basada en las inversiones no amortizadas del concesionario. Ejemplo 2: El gobierno decide terminar un contrato de concesión para un servicio de transporte urbano tras encontrar que la concesión no cumple con los nuevos estándares de seguridad impuestos por legislaciones recientes. La decisión se basa en informes técnicos que demuestran deficiencias y se establece un plazo para la compensación económica al concesionario.
¿Cuáles son las consecuencias?
El Artículo 70 ter tiene implicaciones significativas para la gestión de contratos de concesión de obras públicas, asegurando que las decisiones de terminación se tomen con una base sólida y transparente, protegiendo los intereses públicos y proporcionando un marco claro para las compensaciones. Esto puede llevar a un aumento de la seguridad jurídica para los inversores y concesionarios, pero también plantea desafíos en la implementación de estos procesos detallados, que pueden requerir una evaluación cuidadosa y posiblemente prolongada para determinar el interés público y las compensaciones adecuadas.