Tipo: otro
Actualizado
Artículo 208
Incentivos del RIGI no se acumulan con otros similares, pero se combinan con distintos que no se superponganLos beneficios previstos en el RIGI no podrán ser acumulados con incentivos de la misma naturaleza existentes en otros regímenes promocionales preexistentes. Sin embargo, la adhesión al RIGI no implicará renuncia ni incompatibilidad con otros regímenes promocionales vigentes y/o futuros con los que se podrán combinar incentivos de distinta naturaleza que no se superpongan, ni se acumulen o reiteren con los incentivos previstos en el presente. A los efectos indicados en la última parte del párrafo anterior, no resultarán de aplicación las restricciones previstas en el Artículo 32 de la ley 24.331 de Zona Franca. Capítulo VII Terminación de los incentivos bajo el RIGI
¿Qué significa?
a. Introducción y Conceptos Clave
Este artículo establece una excepción importante para las empresas que forman parte del Régimen de Incentivos a la Inversión para la Generación de Empleo (RIGI). En términos sencillos, permite a estas empresas acceder a otros beneficios fiscales o programas de promoción económica ofrecidos por el gobierno argentino, siempre y cuando estos beneficios no sean del mismo tipo que los que ya otorga el RIGI. Para comprender mejor este artículo, es importante tener en cuenta algunos conceptos clave: RIGI: Es un régimen que busca promover la inversión y la creación de empleo en Argentina a través de incentivos fiscales, como exenciones impositivas y facilidades crediticias. Régimen Promocional: Se refiere a cualquier programa o política del gobierno que ofrece beneficios a empresas o sectores específicos con el objetivo de impulsar su desarrollo. Incentivos de la Misma Naturaleza: Se refiere a beneficios que persiguen el mismo objetivo o que impactan de manera similar en la economía de la empresa. Por ejemplo, dos exenciones impositivas sobre el impuesto a las ganancias se considerarían de la misma naturaleza. Incentivos de Distinta Naturaleza: Son beneficios que tienen objetivos diferentes o que impactan en aspectos distintos de la actividad económica de la empresa. Por ejemplo, una exención impositiva y un crédito a tasa subsidiada se considerarían de distinta naturaleza. Ley 24.331 de Zona Franca: Esta ley regula la creación y funcionamiento de zonas francas en Argentina, que son áreas geográficas especiales con beneficios fiscales y aduaneros para promover el comercio internacional.b. Explicación Detallada
El Artículo 208 se compone de dos párrafos principales: Párrafo 1: Este párrafo establece la regla general y la excepción. Regla General: Las empresas beneficiarias del RIGI no pueden acumular beneficios si estos son de la misma naturaleza que los que ya les otorga dicho régimen. Excepción: Estas empresas sí pueden acceder a otros beneficios o regímenes promocionales siempre y cuando los incentivos ofrecidos sean de distinta naturaleza a los del RIGI. Párrafo 2: Este párrafo introduce una aclaración importante. Establece que las restricciones impuestas por el Artículo 32 de la Ley 24.331 de Zona Franca no se aplican en este caso. Es decir, las empresas bajo el RIGI sí pueden acceder a los beneficios de las zonas francas, incluso si estos son de la misma naturaleza, siempre y cuando cumplan con los requisitos de la Ley 24.331.c. Ejemplos Ilustrativos
Ejemplo 1: Imaginemos una empresa de software que se beneficia del RIGI y que, por lo tanto, goza de una reducción en el impuesto a las ganancias. Esta empresa no podría acceder a otro programa del gobierno que también ofrezca una reducción en el impuesto a las ganancias, ya que serían incentivos de la misma naturaleza. Ejemplo 2: Siguiendo con el ejemplo anterior, la empresa de software podría acceder a un programa del gobierno que ofrezca créditos a tasas subsidiadas para la compra de equipamiento tecnológico. Esto se debe a que la reducción del impuesto a las ganancias y los créditos subsidiados son incentivos de distinta naturaleza. Ejemplo 3: Una empresa textil que forma parte del RIGI y opera en una zona franca podría acceder a los beneficios fiscales y aduaneros que ofrece la Ley 24.331, incluso si algunos de estos beneficios son similares a los del RIGI.¿Cuáles son las consecuencias?
Este artículo tiene implicaciones importantes tanto para las empresas como para el desarrollo económico en Argentina.