Ley Bases - Lex
Tipo: sustitucion
Actualizado

Artículo 47

Amparo por mora en procedimientos administrativos: Orden de pronto despacho ante demoras irrazonables

Sustitúyese el Artículo 28 de la ley 19.549 por el siguiente: Artículo 28: Quien fuere parte en un procedimiento administrativo podrá solicitar judicialmente que se libre orden de pronto despacho. Dicha orden será procedente cuando la autoridad administrativa hubiere dejado vencer los plazos fijados o, en caso de no existir éstos, cuando hubiere transcurrido un plazo que excediere de lo razonable, sin emitir el dictamen, la interpretación aclaratoria o la resolución de mero trámite o de fondo que requiera el interesado. Presentado el petitorio, el juez, si hubiere vencido el plazo fijado al efecto o si considerare irrazonable la demora, requerirá a la autoridad administrativa interviniente que en el plazo de cinco (5) días hábiles judiciales informe las causas de la demora aducida y el plazo dentro del cual expedirá la medida solicitada. Del informe de dicha autoridad se correrá traslado al peticionante por otros cinco (5) días hábiles judiciales. Contestado el traslado o vencido el plazo antedicho que corresponda, según el caso, sin que la autoridad o el peticionante se hayan pronunciado, el juez aceptará el plazo informado por la autoridad administrativa si lo considera razonable e atención a la naturaleza y complejidad del dictamen o trámites pendientes y a la demora ya incurrida, o, de no haberse informado tal plazo o considerarlo irrazonable, fijará el plazo dentro del cual deberá expedirse la autoridad requerida pudiendo agregar, en todos los casos, el apercibimiento de considerar aprobada la solicitud del peticionante de no respetarse el nuevo plazo aceptado o fijado. La resolución del juez será apelable sólo en los siguientes casos: (1) cuando no haga lugar al amparo por mora; (u) cuando acepte el plazo propuesto por la Administración; (iii) cuando fije el plazo para que la Administración se pronuncie. El recurso de apelación se concederá al solo efecto devolutivo.

¿Qué significa?

a. Introducción y Conceptos Clave

El Artículo 47 de la ley Bases introduce un cambio en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos (Ley 19.549), específicamente en lo que respecta a la herramienta legal conocida como "pronto despacho". Imaginemos el pronto despacho como un "empujoncito legal" que los ciudadanos pueden usar cuando la administración pública se demora demasiado en tomar una decisión sobre un trámite. Este artículo busca agilizar los procesos administrativos y evitar demoras burocráticas que puedan perjudicar a los administrados.

b. Explicación Detallada

Este artículo, en esencia, mantiene el mecanismo de pronto despacho existente en la Ley 19.549 pero introduce algunas modificaciones en su aplicación. Veamos en detalle cómo funciona: 1. Solicitud: Cualquier persona que esté involucrada en un trámite administrativo y considere que la demora en su resolución es excesiva, puede solicitar al juez que ordene a la administración pública que acelere el proceso. 2. Análisis del Juez: El juez analizará si la demora es realmente injustificada. Para ello, considerará si se han vencido los plazos legales establecidos para resolver el trámite o, en caso de no haber plazos específicos, si el tiempo transcurrido es excesivo en relación a la complejidad del asunto. 3. Informe de la Administración: Si el juez considera que la demora es injustificada, pedirá a la administración pública que explique las razones de la misma y que indique en cuánto tiempo podrá resolver el trámite. 4. Resolución del Juez: Con la información de la administración pública y del solicitante, el juez decidirá: Aceptar el plazo de la administración: Si lo considera razonable. Fijar un nuevo plazo: Si considera que el plazo propuesto por la administración es demasiado largo. Considerar aprobada la solicitud: En casos extremos, si la administración no responde o no cumple con los plazos. 5. Limitaciones a la Apelación: La decisión del juez solo podrá ser apelada en casos específicos: Si el juez rechaza la solicitud de pronto despacho. Si el juez acepta el plazo propuesto por la administración. Si el juez fija un nuevo plazo para que la administración se pronuncie. Es importante destacar que la apelación solo podrá ser utilizada para modificar la decisión del juez, no para discutir el fondo del trámite administrativo.

c. Ejemplos Ilustrativos

Ejemplo 1: Juan solicita una licencia de conducir. La ley establece un plazo de 30 días para su resolución. Transcurridos 45 días sin respuesta, Juan puede solicitar un pronto despacho para que el juez obligue a la administración a acelerar el trámite. Ejemplo 2: María solicita una autorización para construir un local comercial. Si bien no hay un plazo legal específico, la demora de la administración en responder supera lo razonable. María puede solicitar un pronto despacho para que se fije un plazo límite para la resolución de su trámite. Ejemplo 3: Pedro presenta una solicitud de acceso a la información pública. La administración no responde a su solicitud ni al pronto despacho presentado. El juez podría, en este caso, considerar aprobada la solicitud de Pedro y ordenar a la administración que entregue la información solicitada.
¿Cuáles son las consecuencias?

a. Consecuencias Positivas

1. Mayor eficiencia administrativa: Al establecer un mecanismo que permite a los ciudadanos exigir celeridad en los trámites, se incentiva a la administración pública a ser más eficiente y a cumplir con los plazos establecidos. 2. Protección de los derechos ciudadanos: El pronto despacho garantiza que los ciudadanos no vean vulnerados sus derechos por demoras injustificadas en la resolución de sus trámites. 3. Mayor transparencia: Al exigir a la administración pública que justifique las demoras en los trámites, se promueve la transparencia y se reduce el riesgo de arbitrariedad en la gestión pública.

b. Consecuencias Negativas

1. Mayor carga judicial: La posibilidad de solicitar pronto despacho puede generar un aumento en la cantidad de causas que llegan a la justicia, lo que podría sobrecargar el sistema judicial. 2. Presión sobre la administración: La amenaza de un pronto despacho puede llevar a la administración pública a priorizar la rapidez por sobre la calidad en la resolución de los trámites. 3. Posibles abusos del mecanismo: Existe el riesgo de que el pronto despacho sea utilizado de forma abusiva para presionar a la administración pública, incluso en casos donde la demora no esté debidamente justificada. Excelente! Tu análisis es muy completo y claro. Entiendo perfectamente el concepto de "pronto despacho" y cómo funciona en la práctica con los ejemplos que has proporcionado. Tal como mencionaste, la modificación al Artículo 28 de la Ley 19.549 a través de este Artículo 47, trae consigo una serie de consecuencias, tanto positivas como negativas, que es importante analizar:

a. Consecuencias Positivas:

1. Mayor tutela de los derechos ciudadanos: Al facilitar el acceso a la herramienta del pronto despacho, se busca proteger a los ciudadanos de demoras irrazonables por parte de la administración, asegurando que sus trámites sean atendidos en un tiempo justo y razonable. 2. Eficiencia y celeridad administrativa: La posibilidad de que un juez establezca plazos concretos para la resolución de un trámite incentiva a la administración a optimizar sus procesos y ser más eficiente en la gestión de los mismos. 3. Fortalecimiento del Estado de Derecho: Al delimitar las actuaciones de la administración pública y establecer mecanismos para exigir el cumplimiento de los plazos legales, se fortalece el principio de legalidad y el Estado de Derecho.

b. Consecuencias Negativas:

1. Posible incremento de la litigiosidad: La agilización del proceso de pronto despacho podría traducirse en un aumento de las solicitudes judiciales, lo que podría sobrecargar el sistema judicial y generar demoras en otras causas. 2. Presión sobre la Administración Pública: La amenaza latente de un pronto despacho podría llevar a la administración a priorizar la rapidez por sobre la calidad en la resolución de los trámites, afectando el análisis exhaustivo de los casos. 3. Uso abusivo del mecanismo: Existe el riesgo de que el pronto despacho sea utilizado de forma abusiva por parte de algunos administrados, incluso en casos donde la demora no esté debidamente justificada, generando una carga procesal innecesaria. Es fundamental encontrar un equilibrio entre la necesidad de asegurar la celeridad en los procesos administrativos y la de garantizar un análisis exhaustivo y de calidad por parte de la administración. La clave reside en la correcta interpretación y aplicación de la norma por parte de los jueces, quienes deberán evaluar cuidadosamente cada caso para determinar si la demora es realmente injustificada y si corresponde o no ordenar el pronto despacho.