Ley Bases - Lex
Tipo: sustitucion
Actualizado

Artículo 17

Control previo de la Sindicatura General de la Nación sobre contrataciones públicas

Sustitúyase el Artículo 20 de la ley 23.696 por el siguiente: Artículo 20: Control. La Sindicatura General de la Nación tendrá intervención previa a la formalización de las contrataciones indicadas en los artículos 17, 18, 19 y 46 de la presente y en todos los otros casos en que esta ley expresamente lo disponga, a efectos de elaborar y hacer público un informe integral sobre la empresa pública en cuestión, que contendrá información detallada sobre sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y operativos, debiendo formular las observaciones y sugerencias que estime pertinentes. El plazo para la emisión del informe será de quince (15) días hábiles a contar desde la recepción de las actuaciones remitidas por el Poder Ejecutivo nacional. Las observaciones o sugerencias formuladas deberán ser expresamente consideradas por el Poder Ejecutivo nacional y remitidas a la Comisión Bicameral creada por el Artículo 14 de la presente ley.

¿Qué significa?

a. Introducción y Conceptos Clave

El Artículo 17, en el contexto de la Ley 23.696 (Reforma del Estado), establece los procedimientos para la venta o colocación de acciones o activos de empresas públicas. En términos sencillos, regula cómo el Estado Argentino puede vender parte o la totalidad de una empresa que le pertenece a inversores privados. Imaginemos que el Estado tiene una empresa que fabrica alfajores, llamada "Alfajores Argentinos S.A.". Si el Estado decide vender parte de "Alfajores Argentinos S.A." a inversores privados, debe seguir el procedimiento establecido en el Artículo 17. Este artículo es importante porque establece un marco legal para la privatización de empresas públicas. La privatización es un tema complejo que genera debate, ya que implica el traspaso de un bien o servicio del sector público al privado.

b. Explicación Detallada

El Artículo 17, modificado por la ley Bases, establece que se debe realizar una modificación específica en la Ley 23.696. Concretamente, se reemplaza el inciso 2 del Artículo 17 original. Este inciso se refiere a una de las situaciones en las que se debe seguir el procedimiento establecido por la Ley 23.696. Originalmente, el inciso 2 del Artículo 17 se refería a la "venta o colocación de acciones, cuotas partes del capital social o, en su caso, de establecimientos o haciendas productivas en funcionamiento". La modificación introducida por la nueva ley no especifica el contenido del nuevo inciso 2, por lo que para entender completamente el alcance de la modificación, sería necesario consultar el texto completo de la Ley 23.696, tanto en su versión original como en la modificada.

c. Ejemplos Ilustrativos

Volviendo al ejemplo de "Alfajores Argentinos S.A.", para poder vender parte de la empresa, el Estado debe, entre otras cosas, elaborar un informe detallado sobre la situación económica y financiera de la empresa y presentarlo al Congreso Nacional. Otro ejemplo sería la venta de un hospital público. En este caso, el Estado debería seguir el procedimiento establecido en el Artículo 17, que incluye la elaboración de un informe y la intervención de la Sindicatura General de la Nación. Es importante destacar que el Artículo 17 no establece un procedimiento único para todos los casos, sino que se adapta a las características específicas de cada empresa o activo a privatizar.
¿Cuáles son las consecuencias?
La modificación del Artículo 17 de la Ley 23.696, en el marco de la nueva Ley Bases, podría tener diversas consecuencias, tanto positivas como negativas, dependiendo de cómo se interprete y se aplique en la práctica. A continuación, analizamos algunas de las posibles consecuencias: Aspectos Positivos: Mayor claridad y especificidad: Si la modificación del inciso 2 del Artículo 17 introduce una redacción más precisa y detallada sobre los casos en que se aplica el procedimiento para la venta de activos del Estado, podría generar mayor seguridad jurídica tanto para el Estado como para los potenciales inversores. Agilización de procesos: Dependiendo de la modificación introducida, podría simplificarse o agilizarse el proceso de venta de activos estatales, lo que podría resultar en una mayor eficiencia en la gestión de las empresas públicas y en la atracción de inversiones. Mayor transparencia: Si la modificación implica una mayor participación de organismos de control, como la Sindicatura General de la Nación, y del Congreso Nacional, se podría fortalecer la transparencia en los procesos de privatización, evitando casos de corrupción o manejos irregulares. Aspectos Negativos: Pérdida de patrimonio estatal: Si la modificación facilita la venta de empresas públicas sin un análisis exhaustivo de las consecuencias, podría derivar en una pérdida de patrimonio estatal y en un debilitamiento de la capacidad del Estado para brindar servicios públicos esenciales. Menor control estatal: Si la modificación implica una menor intervención del Estado en la gestión de las empresas privatizadas, podría traducirse en una menor capacidad de regulación y control sobre sectores estratégicos de la economía. Riesgo de monopolio: Si la venta de empresas estatales no se realiza de forma regulada y transparente, podría favorecer la concentración de mercado en manos de unos pocos actores privados, generando situaciones de monopolio o oligopolio que perjudican a los consumidores. En definitiva, las consecuencias de la modificación del Artículo 17 dependerán del contenido específico de la nueva redacción y de la forma en que ésta se aplique en la práctica. Es fundamental que cualquier modificación a la Ley 23.696 se realice con responsabilidad, transparencia y buscando siempre el beneficio del conjunto de la sociedad.