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Tipo: otro
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Artículo 215

Pago voluntario de multas extingue acción penal en infracciones menores

La acción penal en las infracciones del Artículo 211 reprimidas con pena de multa se extingue por el pago voluntario del mínimo de la multa que pudiere corresponder por el hecho de que se trate. Lo previsto en el párrafo anterior sólo surtirá efecto extintivo de la acción penal si el pago voluntario se efectuare antes de vencido el plazo previsto en el cuarto párrafo del artículo 211.

¿Qué significa?

a. Introducción y Conceptos Clave

El Artículo 215 de la ley Bases se refiere a la extinción de la acción penal en el marco de infracciones que involucren multas, específicamente en relación al Artículo 211 de la misma ley. En términos sencillos, este artículo establece que una persona o empresa investigada por infringir el Artículo 211 puede evitar una condena penal si paga voluntariamente el monto mínimo de la multa antes de una fecha límite. Para comprender completamente este artículo, es importante entender algunos conceptos legales: Acción Penal: Es el proceso judicial mediante el cual se investiga y, en su caso, se castiga un delito o una infracción. En términos simples, es el camino que se recorre para determinar si alguien cometió un delito y, de ser así, aplicar la pena correspondiente. Extinción de la Acción Penal: Significa que el proceso judicial se detiene y no se dicta una condena, a pesar de que la infracción haya existido. Es como si se "borrara" la posibilidad de un castigo. Multa: Es una sanción económica que se impone por cometer una infracción. Es un castigo usual para infracciones menos graves que los delitos, y se paga en dinero.

b. Explicación Detallada

El Artículo 215 se compone de dos párrafos que establecen lo siguiente: Primer párrafo: Indica que la acción penal por infracciones al Artículo 211 que tengan como pena una multa, puede extinguirse si la persona o empresa investigada paga voluntariamente el mínimo de la multa establecida para dicha infracción. Esto significa que, si la ley establece una multa de entre $10.000 y $50.000 por una infracción, la persona puede evitar ser condenada si paga $10.000 de manera voluntaria. Segundo párrafo: Establece un plazo para realizar el pago voluntario y que este tenga efecto extintivo de la acción penal. Dicho plazo es antes de que venza el plazo establecido en el cuarto párrafo del artículo 211 de la misma ley. Es decir, se establece un plazo específico dentro del cual este beneficio está disponible.

c. Ejemplos Ilustrativos

Ejemplo 1: Una empresa constructora realiza una obra sin cumplir con las normas de seguridad laboral establecidas en el Artículo 211. La autoridad competente inicia una acción penal por la infracción, que establece una multa de entre $50.000 y $200.000. Si la empresa, antes del plazo límite, paga voluntariamente $50.000 (el mínimo de la multa), la acción penal se extingue y no se le impone ninguna otra sanción. Ejemplo 2: Un pequeño comercio no cumple con las obligaciones de información al consumidor establecidas en el Artículo 211, y se le inicia una acción penal. La infracción prevé una multa de entre $10.000 y $30.000. Si el comerciante, dentro del plazo establecido, paga voluntariamente $10.000, se extingue la acción penal y no se le aplica ninguna otra pena.
¿Cuáles son las consecuencias?
El Artículo 215 tiene consecuencias relevantes tanto para las personas o empresas investigadas por infracciones al Artículo 211 como para el sistema judicial:

a. Consecuencias para los investigados:

Beneficios: Evitan una condena penal: La principal ventaja es que al pagar voluntariamente el mínimo de la multa se evita una condena en el registro de antecedentes penales. Ahorro de tiempo y recursos: Se evita tener que afrontar un proceso judicial largo y costoso, con la incertidumbre y el desgaste que esto implica. Posibilidad de negociar: El pago voluntario puede ser un punto de partida para negociar con la autoridad competente otras posibles consecuencias, como la aplicación de medidas alternativas a la multa. Desventajas: Reconocimiento implícito de la infracción: Al pagar la multa, aunque sea la mínima, se está reconociendo implícitamente que se cometió la infracción. Posible pérdida de otros derechos: Dependiendo del tipo de infracción y la legislación específica, además de la multa, podrían existir otras consecuencias como la suspensión de licencias o permisos.

b. Consecuencias para el sistema judicial:

Descongestión del sistema: Al extinguirse la acción penal por el pago voluntario, se reduce la cantidad de casos que llegan a juicio, lo que permite al sistema judicial concentrar sus recursos en casos más complejos. Fomento de la cultura de cumplimiento: Esta herramienta puede incentivar a las personas y empresas a cumplir con la normativa, ya que se les ofrece una salida más rápida y simple ante una infracción.

c. Aspectos a Considerar:

Naturaleza de la infracción: Es importante tener en cuenta que el Artículo 215 solo se aplica a infracciones al Artículo 211 reprimidas con multa. No se aplica a delitos o infracciones que tengan otro tipo de penas. Asesoramiento legal: Es fundamental que cualquier persona o empresa que se encuentre bajo investigación por una infracción al Artículo 211 consulte con un abogado para analizar su situación particular y determinar si le conviene acogerse a la posibilidad de extinguir la acción penal mediante el pago voluntario de la multa.