Ley Bases - Lex
Tipo: sustitucion
Actualizado

Artículo 144

Intervención de tribunales arbitrales en cuestiones patrimoniales y técnicas de permisos y concesiones

Sustitúyese el Artículo 86 de la ley 17.319 por el siguiente: Artículo 86: En las cláusulas particulares de los permisos, concesiones y autorizaciones se podrá establecer, cuando el Poder Ejecutivo nacional o provincial, según corresponda, lo considere pertinente, la intervención de un tribunal arbitral para entender en cuanto se relacione con la declaración administrativa de caducidad o nulidad, efectuada por el Poder Ejecutivo nacional o provincial, según corresponda, según lo previsto en el Artículo 83, en sus consecuencias patrimoniales. Igual tratamiento podrá acordarse respecto de las divergencias que se planteen entre los interesados y la autoridad de aplicación nacional o provincial, según corresponda, sobre determinadas cuestiones técnicas, especificadas al efecto en cada permiso, concesión o autorización. El tribunal arbitral estará constituido por un árbitro designado por cada una de las partes y el tercero por acuerdo de ambos o, en su defecto, por el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

¿Qué significa?

a. Introducción y Conceptos Clave

Este artículo introduce modificaciones a la Ley 17.319, que regula la actividad de hidrocarburos en Argentina. Específicamente, reemplaza los artículos 80 y 86, los cuales establecen las causales de caducidad de permisos y concesiones para la exploración y explotación de hidrocarburos, y la posibilidad de recurrir a un tribunal arbitral para resolver controversias. Conceptos Clave: Concesión: Es un acto administrativo por el cual el Estado otorga a una persona física o jurídica el derecho a explotar un bien de dominio público, como un yacimiento de hidrocarburos, por un tiempo determinado y bajo ciertas condiciones. Permiso: Similar a la concesión, pero generalmente se otorga para actividades de menor envergadura o por un plazo más corto. Caducidad: Es la extinción de un derecho o una situación jurídica por el transcurso del tiempo o por el incumplimiento de las condiciones que le dieron origen. Tribunal Arbitral: Es un órgano jurisdiccional no permanente, elegido por las partes en conflicto para resolver una controversia específica, sin necesidad de recurrir a la justicia ordinaria.

b. Explicación Detallada

Artículo 80 (Modificado): Este artículo establece las diferentes razones por las cuales una concesión o permiso para la explotación de hidrocarburos puede ser revocada, es decir, perder su validez. Incisos a) y b): Hacen referencia a la falta de pago del canon y las regalías. El canon es un pago anual que realiza el concesionario o permisionario por el derecho a explotar los recursos. Las regalías son un porcentaje del valor de los hidrocarburos extraídos que se paga al Estado. El incumplimiento en el pago de estos conceptos durante tres meses después de la fecha límite puede llevar a la caducidad. Inciso c): Se refiere al incumplimiento de las obligaciones principales del contrato, como alcanzar la producción acordada, realizar las inversiones comprometidas, o cumplir con las normas de conservación ambiental. Inciso d): Abarca el incumplimiento en la entrega de información requerida por la autoridad competente, la negativa a permitir inspecciones o el no utilizar las técnicas adecuadas en la explotación, lo que puede conllevar a la caducidad del permiso o concesión. Incisos e), f), g) y h): Estos incisos se refieren a situaciones como el incumplimiento de los artículos 22 y 32 de la Ley 17.319 (no especificados en este caso), la quiebra del titular, el fallecimiento del titular (salvo que el Estado lo transfiera a sus herederos), y el incumplimiento en la obligación de transportar o procesar hidrocarburos de terceros según lo establecido en el Artículo 43 de la ley. Es importante destacar que, antes de declarar la caducidad por las causales mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y h), la autoridad competente (nacional o provincial) debe notificar al concesionario o permisionario para que corrija las faltas dentro de un plazo determinado. Artículo 86 (Modificado): Este artículo introduce la posibilidad de que las partes acuerden, en las cláusulas específicas de los permisos, concesiones y autorizaciones, la intervención de un tribunal arbitral. Este tribunal podría intervenir en casos de controversias relacionadas con la declaración de caducidad o nulidad de la concesión o permiso, especialmente en cuanto a las consecuencias económicas que estas decisiones puedan tener para las partes. También se contempla la posibilidad de recurrir al arbitraje para resolver disputas técnicas específicas que puedan surgir entre el concesionario o permisionario y la autoridad competente. El tribunal arbitral estaría formado por tres árbitros: uno elegido por cada parte y un tercero de común acuerdo o, en su defecto, designado por el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

c. Ejemplos Ilustrativos

Ejemplo 1 (Artículo 80): Una empresa obtiene una concesión para explotar un yacimiento de petróleo. Sin embargo, incumple reiteradamente con el pago de las regalías acordadas, a pesar de los avisos de la autoridad competente. En este caso, se configuraría la causal de caducidad establecida en el inciso b) del artículo 80 (modificado). Ejemplo 2 (Artículo 86): Una empresa con una concesión para la extracción de gas natural mantiene un desacuerdo con la autoridad competente sobre la interpretación de una cláusula técnica del contrato, que impacta en el monto de las regalías a pagar. En este escenario, y si así se estableció previamente en el contrato, las partes podrían recurrir a un tribunal arbitral para resolver la controversia, tal como lo permite el artículo 86 (modificado).
¿Cuáles son las consecuencias?

a. Impacto en el Sector Energético

Las modificaciones introducidas por el Artículo 144 tienen importantes consecuencias para el sector energético argentino, particularmente en lo que respecta a la seguridad jurídica, la inversión, la producción de hidrocarburos y la relación entre el Estado y las empresas del sector. Mayor seguridad jurídica (en teoría): La posibilidad de acudir a un tribunal arbitral, si así se acuerda previamente, podría brindar mayor seguridad jurídica tanto para el Estado como para las empresas. Los arbitrajes suelen ser más ágiles que los procesos judiciales ordinarios y pueden ofrecer soluciones más técnicas y especializadas en este tipo de controversias. Esto, en teoría, podría fomentar un clima de mayor confianza para las inversiones. Mayor discrecionalidad del Estado: La modificación del artículo 80, especialmente en lo que se refiere a las causales de caducidad por incumplimiento "sustancial e injustificado" (inciso c) o "transgresión reiterada" (inciso d), otorga un amplio margen de interpretación a la autoridad de aplicación, lo que podría generar incertidumbre entre los inversores. Dependerá de la interpretación y aplicación de estos conceptos por parte de la autoridad competente que se genere un ambiente propicio a la inversión o, por el contrario, se eleven los riesgos para las empresas. Posible impacto en la producción: La amenaza de caducidad de la concesión o permiso, en caso de incumplimiento, podría incentivar a las empresas a ser más diligentes en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Sin embargo, la falta de definiciones precisas y objetivas sobre lo que constituye un incumplimiento "sustancial" o una "transgresión reiterada", junto con la amplia discrecionalidad otorgada a la autoridad de aplicación, podrían tener el efecto contrario, desincentivando la inversión en exploración y producción de hidrocarburos. Relación Estado-Empresa: Las modificaciones podrían generar un nuevo escenario en la relación entre el Estado y las empresas del sector. Si bien la posibilidad del arbitraje podría ser vista como un punto de encuentro para la resolución de conflictos, la ambigüedad en la definición de ciertas causales de caducidad abre la puerta a potenciales tensiones y controversias.

b. Impacto en la Economía

Las consecuencias de estas modificaciones también se extienden al ámbito económico en general: Inversiones: La seguridad jurídica es un factor fundamental para atraer inversiones al sector energético, un área estratégica para el desarrollo económico de Argentina. Si bien la introducción del arbitraje podría resultar atractiva para algunos inversores, la falta de claridad en aspectos centrales como la definición de las causales de caducidad, podría generar dudas y desconfianza, alejando capitales que podrían destinarse a la exploración y producción de hidrocarburos. Generación de empleo: El sector energético es un importante generador de empleo, tanto directo como indirecto. Un escenario de incertidumbre jurídica y riesgo de expropiación podría impactar negativamente en la creación de nuevos puestos de trabajo. Recursos del Estado: La agilización en la resolución de conflictos a través del arbitraje podría, eventualmente, traducirse en una mayor eficiencia en la recaudación de ingresos por parte del Estado provenientes de regalías e impuestos relacionados con la actividad hidrocarburífera.

c. Retos y Oportunidades

Las modificaciones a la Ley 17.319 presentan tanto retos como oportunidades: Reto: Lograr un equilibrio entre la defensa de los intereses del Estado y la generación de un marco regulatorio estable y previsible que atraiga inversiones al sector energético. Oportunidad: La posibilidad de desarrollar un sistema de arbitraje especializado en materia de hidrocarburos que brinde soluciones justas y eficientes a las controversias que puedan surgir, contribuyendo a un clima de mayor confianza y previsibilidad para los inversores. Es crucial que la implementación de estas modificaciones se realice con transparencia y previsibilidad, brindando seguridad jurídica a todos los actores involucrados. La manera en que se interpreten y apliquen estos cambios será decisiva para determinar su impacto real en el sector energético y en la economía argentina en general.