Ley Bases - Lex
Tipo: otro
Actualizado

Artículo 161

Creación del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad

Crease el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad el que, una vez constituido, reemplazará y asumirá las funciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), creado por el Artículo 54 de la ley 24.065, y el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), creado por el Artículo 50 de la ley 24.076. Encomiéndase al Poder Ejecutivo nacional a dictar todas las normas y actos tendientes a hacer efectivo lo dispuesto en el párrafo anterior y a dictar el correspondiente texto ordenado de las leyes 24.065 y 24.076. Hasta tanto no se constituya el nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, los actuales Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) continuarán en ejercicio de sus funciones respectivas. El nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad tendrá las atribuciones previstas en los artículos 52 y concordantes de la ley 24.076, y 56 y concordantes de la ley 24.065. Capítulo V Adecuación de las leyes 15.336 y 24.065

¿Qué significa?

a. Introducción y Conceptos Clave

El Artículo 161 de la ley Bases, dentro del Capítulo V que trata la adecuación de las leyes 15.336 y 24.065, establece la creación de un único ente regulador para el gas y la electricidad en Argentina. Este nuevo ente, denominado "Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad", reemplazará a los dos entes que hasta ahora regulaban por separado estos servicios públicos: el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).

b. Explicación Detallada

El artículo dispone que este nuevo ente, una vez constituido, asumirá todas las funciones que actualmente desempeñan el ENRE y el ENARGAS. Para que esto suceda, se le encomienda al Poder Ejecutivo Nacional la tarea de dictar las normas y realizar los actos necesarios para la efectiva puesta en marcha del nuevo ente. Esto incluye, entre otras cosas, la elaboración de un texto único y ordenado de las leyes 24.065 (que regula el sector eléctrico) y 24.076 (que regula el sector del gas), las cuales deberán ser adecuadas para reflejar la nueva estructura regulatoria. Es importante destacar que, hasta que el nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad no esté completamente constituido y operativo, el ENRE y el ENARGAS continuarán ejerciendo sus funciones de manera habitual. Esto significa que no se producirá un vacío regulatorio durante el proceso de transición. Las atribuciones y responsabilidades que tendrá el nuevo ente unificado serán las mismas que hasta ahora estaban divididas entre el ENRE y el ENARGAS, establecidas en los artículos 52 y concordantes de la ley 24.076 para el sector del gas, y 56 y concordantes de la ley 24.065 para el sector eléctrico.

c. Ejemplos Ilustrativos

Para comprender mejor el impacto de este artículo, podemos pensar en la situación actual de un usuario que tiene un reclamo por un corte de luz y otro reclamo por falta de suministro de gas. En la actualidad, este usuario debería dirigirse al ENRE para el primer caso y al ENARGAS para el segundo. Con la creación del nuevo ente unificado, este usuario podría canalizar ambos reclamos a través de una única entidad, simplificando así los trámites y la gestión de sus reclamos.
¿Cuáles son las consecuencias?
La creación de un único ente regulador para el gas y la electricidad en Argentina trae consigo diversas consecuencias, con potenciales impactos tanto positivos como negativos. A continuación, se detallan algunos ejemplos de estas consecuencias:

a. Consecuencias Positivas Potenciales:

Simplificación Administrativa: La unificación de los entes reguladores del gas y la electricidad podría implicar una simplificación administrativa para los usuarios, quienes solo tendrían que tratar con una única entidad para realizar trámites, presentar reclamos y obtener información. Mayor Eficiencia: La integración de funciones y recursos podría derivar en una mayor eficiencia en la gestión y el control de los servicios públicos de gas y electricidad. Mejor Coordinación: Se espera una mejor coordinación en la planificación y el desarrollo de las políticas energéticas, evitando la superposición de funciones y la generación de conflictos entre entes reguladores. Reducción de Costos: La unificación podría generar una reducción de los costos operativos al eliminar la duplicidad de estructuras administrativas y de personal.

b. Consecuencias Negativas Potenciales:

Concentración de Poder: Existe la preocupación de que la concentración de poder en un único ente regulador pueda resultar en una menor capacidad de control y en un alejamiento de las necesidades de los usuarios. Pérdida de Especialización: La fusión de dos entes especializados en sectores diferentes podría implicar una pérdida de especialización, afectando la calidad técnica de la regulación. Mayor Burocratización: Existe el riesgo de que la creación de un ente de mayor tamaño genere una mayor burocratización, ralentizando la toma de decisiones y la implementación de políticas. Dificultad en la Transición: El proceso de unificación y transición hacia el nuevo ente regulador podría resultar complejo y generar incertidumbre en el sector energético.

c. Importancia de la Implementación:

Es crucial destacar que el éxito o fracaso de esta medida dependerá en gran medida de la forma en que se implemente la creación del nuevo ente regulador. Una planificación detallada, la asignación de recursos suficientes y la participación de todos los actores involucrados serán fundamentales para maximizar los beneficios y minimizar los riesgos asociados a esta reforma.