Ley Bases - Lex
Tipo: sustitucion
Actualizado

Artículo 149

Facultades de empresas estatales para contratos de hidrocarburos y régimen fiscal

Sustitúyese el artículo 95 de la ley 17.319 por el siguiente: Artículo 95: Las empresas estatales quedan facultadas para convenir con personas jurídicas de derecho público o privado las vinculaciones contractuales más adecuadas para el eficiente desenvolvimiento de sus actividades, incluyendo la integración de sociedades siempre ateniéndose a la sección 5ta del Título II de esta ley para la selección de terceros. El régimen fiscal establecido en el Título II, Sección 6, de la presente ley, no será aplicable a quienes suscriban con las empresas estatales contratos de locación de obras y servicios para la exploración y explotación de hidrocarburos, o con igual fin se asocien con ellas sin constituir personas jurídicas distintas de las de sus integrantes, los que quedarán sujetos, en cambio, a la legislación fiscal general que les fuere aplicable. Toda sociedad integrada por una empresa estatal con personalidad jurídica distinta de la de sus integrantes, que desarrolle actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, estará sujeta al pago de los tributos previstos en el Título II, Sección 6a de esta ley.

¿Qué significa?

a. Introducción y Conceptos Clave

El Artículo 149 de la ley Bases introduce modificaciones significativas a la Ley 17.319, que regula la actividad de hidrocarburos en Argentina. En concreto, este artículo sustituye los artículos 94 y 95 de la ley preexistente, con el objetivo de establecer un marco legal más preciso y actualizado para la participación de empresas estatales en el sector. Para comprender cabalmente este artículo, es fundamental entender algunos conceptos clave: Empresas estatales: Son aquellas empresas en las que el Estado nacional, provincial o municipal tiene una participación mayoritaria en el capital social o ejerce el control de la misma. En el contexto de la Ley 17.319, ejemplos de empresas estatales serían YPF o Gas del Estado. Exploración y explotación de hidrocarburos: Se refiere a las actividades de búsqueda, extracción y producción de petróleo y gas natural. Vinculaciones contractuales: Son los acuerdos legales que las empresas, ya sean públicas o privadas, establecen entre sí para regular sus relaciones comerciales. Locación de obras y servicios: Es un tipo de contrato en el cual una parte se compromete a realizar una obra o prestar un servicio a cambio de una contraprestación económica. Régimen fiscal: Se refiere al conjunto de leyes e impuestos que gravan una actividad económica específica.

b. Explicación Detallada

El Artículo 149 se compone de tres partes principales: 1. Modificación del Artículo 94: Establece que las empresas estatales que participen en la exploración, explotación, transporte y/o procesamiento de hidrocarburos estarán sujetas a las mismas reglas, obligaciones, controles e inspecciones que cualquier otra empresa privada del sector. Esto significa que no gozarán de ningún tipo de privilegio o trato diferencial por el hecho de ser estatales. 2. Primera Modificación del Artículo 95: Faculta a las empresas estatales a celebrar cualquier tipo de contrato con entidades públicas o privadas para llevar a cabo sus actividades en el sector de hidrocarburos, incluyendo la posibilidad de crear nuevas sociedades. Sin embargo, se establece que la selección de terceros para estos contratos deberá realizarse bajo las normas de transparencia y competencia establecidas en la Sección 5ta del Título II de la Ley 17.319. 3. Segunda Modificación del Artículo 95: Establece una diferenciación en el régimen fiscal aplicable a las empresas que se vinculen con empresas estatales en el sector de hidrocarburos. Aquellas empresas que celebren contratos de locación de obras y servicios o que se asocien con empresas estatales sin crear una nueva sociedad, no estarán sujetas al régimen fiscal específico de la Ley 17.319 (Título II, Sección 6). En cambio, tributarán según la legislación impositiva general. Por otro lado, si se crea una nueva sociedad entre una empresa estatal y otra entidad para la exploración y explotación de hidrocarburos, esta nueva sociedad sí estará sujeta al pago de los impuestos específicos establecidos en el Título II, Sección 6a de la Ley 17.319.

c. Ejemplos Ilustrativos

Para comprender mejor las implicaciones de este artículo, consideremos algunos ejemplos: Ejemplo 1: YPF, una empresa estatal, necesita construir un nuevo oleoducto para transportar petróleo. Para ello, puede contratar a una empresa constructora privada mediante un contrato de locación de obra. En este caso, la empresa constructora no estaría sujeta al régimen fiscal específico de la Ley 17.319. Ejemplo 2: YPF decide asociarse con una empresa privada para explorar un nuevo yacimiento de gas natural. Si deciden crear una nueva sociedad para este fin, esta nueva empresa sí estará sujeta al pago de los impuestos específicos de la Ley 17.319. Ejemplo 3: Una empresa estatal desea contratar a una consultora para realizar un estudio de impacto ambiental de un proyecto de exploración. Deberá realizar un proceso de selección transparente, siguiendo las normas de la Sección 5ta del Título II de la Ley 17.319, para asegurar la igualdad de oportunidades entre las empresas interesadas.
¿Cuáles son las consecuencias?

a. Consecuencias Positivas

1. Mayor competencia y transparencia: Al someter a las empresas estatales a las mismas reglas que las privadas, se promueve la competencia en el sector y se evita un posible trato preferencial hacia las empresas estatales. Esto puede resultar en una mayor eficiencia y mejores precios para los consumidores. 2. Flexibilidad para las empresas estatales: La posibilidad de celebrar diversos tipos de contratos con entidades públicas o privadas brinda a las empresas estatales mayor flexibilidad para desarrollar sus actividades y acceder a recursos y tecnologías especializadas. 3. Atracción de inversiones: Un marco legal claro y previsible para la participación de empresas privadas en proyectos con empresas estatales puede resultar atractivo para la inversión extranjera, lo que podría impulsar el desarrollo del sector energético argentino.

b. Consecuencias Negativas

1. Posible desventaja para las empresas estatales: Si bien se busca la igualdad de condiciones, la aplicación de las mismas reglas impositivas y regulatorias que las empresas privadas podría poner en desventaja a las empresas estatales, especialmente si estas enfrentan restricciones presupuestarias o de otra índole. 2. Complejidad en la aplicación del régimen fiscal: La diferenciación en el régimen fiscal aplicable a las empresas que se vinculen con empresas estatales, dependiendo del tipo de contrato o sociedad que se establezca, puede generar complejidad administrativa y dificultar la fiscalización. 3. Riesgo de concentración económica: Si bien se promueve la competencia, la posibilidad de que las empresas estatales se asocien con grandes empresas privadas podría derivar en una mayor concentración económica en el sector de hidrocarburos, limitando la participación de pequeñas y medianas empresas. Las modificaciones a la Ley 17.319 introducidas por el Artículo 149 tienen el potencial de generar un impacto significativo en el sector de hidrocarburos en Argentina. Algunas de las consecuencias, tanto positivas como negativas, derivadas de estas modificaciones son:

a. Consecuencias Positivas:

1. Mayor participación del sector privado: Al establecer un marco legal más claro y transparente para la colaboración entre empresas estatales y privadas, se incentiva la inversión y participación del sector privado en proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos. Esto puede traducirse en un aumento de la producción y una mayor eficiencia en la industria. 2. Acceso a tecnología y conocimiento: La posibilidad de que las empresas estatales se asocien con empresas privadas, tanto nacionales como extranjeras, facilita el acceso a tecnología de punta, conocimientos técnicos y mejores prácticas internacionales. Esto puede contribuir a mejorar la competitividad y sostenibilidad del sector energético argentino. 3. Dinamización de la economía: La mayor inversión en el sector de hidrocarburos como resultado de la participación del sector privado puede tener un efecto multiplicador en la economía, generando empleos, impulsando la industria nacional y aumentando la recaudación fiscal. 4. Mayor transparencia y control: La aplicación de las mismas regulaciones y controles a las empresas estatales y privadas en el sector de hidrocarburos busca promover la transparencia y evitar posibles casos de corrupción o manejo discrecional de los recursos.

b. Consecuencias Negativas:

1. Pérdida de soberanía o control estatal: Existe la preocupación de que una mayor participación del sector privado en la industria de hidrocarburos pueda derivar en una pérdida de control estatal sobre este sector estratégico para el país. Es crucial que el Estado mantenga mecanismos de control y regulación efectivos para garantizar la protección de los intereses nacionales. 2. Riesgo para las empresas estatales: La competencia con empresas privadas podría ser un desafío para las empresas estatales, especialmente si no logran adaptarse a las demandas del mercado o si enfrentan restricciones burocráticas o políticas. Es importante asegurar que las empresas estatales cuenten con las herramientas y la autonomía necesarias para competir en igualdad de condiciones. 3. Concentración del mercado: La posibilidad de que se formen grandes consorcios entre empresas estatales y grandes empresas privadas podría derivar en una mayor concentración del mercado, limitando la participación de pequeñas y medianas empresas y afectando la competencia en el sector. 4. Complejidad impositiva y administrativa: La diferenciación en el régimen fiscal aplicable a las empresas que se vinculen con empresas estatales, dependiendo del tipo de contrato o sociedad, puede generar complejidad administrativa y dificultades en la aplicación y control del pago de impuestos.

3. En Resumen:

El Artículo 149 introduce cambios relevantes en la regulación del sector de hidrocarburos en Argentina, con el objetivo de impulsar la inversión privada, promover la competencia y actualizar el marco legal para la participación de las empresas estatales. Si bien estas modificaciones ofrecen oportunidades para el desarrollo del sector, es crucial que se implementen con cautela, estableciendo mecanismos de control transparentes y garantizando un equilibrio entre la participación pública y privada.