Ley Bases - Lex
Tipo: incorporacion
Actualizado

Artículo 126

Licitaciones obligatorias para concesiones de explotación petrolera al finalizar su plazo

Incorpórase el Artículo 47 bis de la ley 17.319 según el siguiente texto: Artículo 47 bis: Las concesiones de explotación existentes, al fin de su término, no podrán ser adjudicadas sin mediar un nuevo procedimiento licitatorio. La licitación correspondiente podrá realizarse con un plazo mínimo de antelación de un (1) año al vencimiento de las mismas. Si la licitación a realizar tuviera por objeto la concesión de explotación de áreas en producción, el pliego de bases y condiciones podrá establecer el valor correspondiente a las inversiones no recuperadas durante la explotación del área. Conforme lo determine el pliego de bases y condiciones, el oferente podrá incluir dicho valor al momento de realizar la oferta a los efectos de continuar con la explotación de los pozos existentes y dicho valor será reconocido al titular de la concesión vencida. En caso de que el oferente no incluyera el valor mencionado en su oferta, no podrá explotar los pozos existentes.

¿Qué significa?

a. Introducción y Conceptos Clave

El Artículo 126 de la ley Bases introduce modificaciones significativas a la Ley 17.319, que regula la actividad de hidrocarburos en Argentina. Específicamente, este artículo se centra en la renovación de las concesiones de explotación, es decir, los permisos que se otorgan a empresas para la extracción de petróleo y gas natural. La idea central que introduce el artículo es que, al finalizar el período de una concesión de explotación, la misma no se renueva automáticamente. En cambio, se establece la obligatoriedad de realizar una nueva licitación pública para adjudicar la explotación del área. Esto implica que la empresa que originalmente tenía la concesión deberá competir con otras empresas interesadas en obtenerla.

b. Explicación Detallada

El artículo 126 realiza las siguientes modificaciones a la Ley 17.319: Obligatoriedad de nueva licitación (Art. 47 bis): Se establece que, al finalizar el plazo de una concesión de explotación, la misma no puede ser adjudicada directamente al anterior concesionario. Se debe realizar una nueva licitación pública para adjudicar la explotación del área. Plazo para la licitación (Art. 47 bis): La licitación para la nueva concesión debe realizarse con un mínimo de un año de anticipación al vencimiento de la concesión original. Compensación por inversiones no recuperadas (Art. 47 bis): En el caso de áreas que ya se encuentran en producción, el pliego de bases y condiciones de la licitación puede establecer un valor para compensar al anterior concesionario por las inversiones que realizó y que no pudo recuperar durante el tiempo que tuvo la concesión. Opción de incluir la compensación en la oferta (Art. 47 bis): Los oferentes que participen en la licitación pueden optar por incluir el valor de la compensación por inversiones no recuperadas en su oferta. Si lo hacen, en caso de ganar la licitación, se comprometen a pagar dicho valor al anterior concesionario. Restricción de explotación sin compensación (Art. 47 bis): Si el nuevo adjudicatario de la concesión no incluyó el valor de la compensación en su oferta, no podrá explotar los pozos existentes en el área. Esto significa que, para poder extraer petróleo o gas natural, deberá perforar nuevos pozos.

c. Ejemplos Ilustrativos

Imaginemos que una empresa "A" tiene una concesión de explotación de un yacimiento petrolífero por 20 años. Al acercarse el vencimiento de la concesión, el Estado deberá realizar una licitación pública para adjudicar la explotación del área por un nuevo período. Escenario 1: La empresa "B" gana la licitación e incluye en su oferta el pago de 10 millones de dólares a la empresa "A" en concepto de compensación por inversiones no recuperadas. En este caso, la empresa "B" podrá explotar tanto los pozos existentes como perforar nuevos. Escenario 2: La empresa "C" gana la licitación pero no incluye en su oferta el pago de compensación a la empresa "A". En este caso, la empresa "C" solo podrá explotar el área perforando nuevos pozos, sin poder utilizar los que ya existen.
¿Cuáles son las consecuencias?
Las modificaciones introducidas por el Artículo 126 a la Ley 17.319 tienen consecuencias importantes tanto para las empresas que operan en el sector de hidrocarburos como para el Estado Argentino. Analicemos algunas de ellas:

a. Para las empresas:

Mayor competencia: La obligatoriedad de realizar nuevas licitaciones al finalizar las concesiones de explotación genera un escenario de mayor competencia en el sector. Las empresas ya no tendrán la seguridad de poder renovar sus concesiones automáticamente, sino que deberán competir con otras empresas interesadas. Incertidumbre en las inversiones a largo plazo: La incertidumbre sobre la posibilidad de continuar explotando un área luego del vencimiento de la concesión puede generar dudas a la hora de realizar inversiones a largo plazo. Oportunidades para nuevos actores: La apertura a nuevas licitaciones puede facilitar el ingreso de nuevos actores al sector, ya sean empresas nacionales o extranjeras, lo que puede contribuir a dinamizar la actividad. Incentivo a la eficiencia y la recuperación de inversiones: La posibilidad de obtener una compensación por las inversiones no recuperadas al finalizar la concesión puede incentivar a las empresas a ser más eficientes en sus operaciones y a buscar recuperar sus inversiones en un plazo más corto.

b. Para el Estado Argentino:

Mayor transparencia en la adjudicación de áreas: La realización de licitaciones públicas para la adjudicación de concesiones de explotación promueve la transparencia en el proceso y reduce las posibilidades de discrecionalidad en la toma de decisiones. Potencial aumento de los ingresos fiscales: Las licitaciones competitivas pueden generar mayores ingresos fiscales para el Estado, ya que las empresas estarán dispuestas a pagar un precio mayor por la concesión si saben que tienen la posibilidad de obtener mayores beneficios. Fomento a la inversión en exploración: Al tener mayor seguridad jurídica y transparencia en el proceso de adjudicación de áreas, las empresas podrían verse incentivadas a realizar mayores inversiones en exploración, lo que a su vez podría redundar en un aumento de las reservas de hidrocarburos del país. Desafío para atraer inversiones: La incertidumbre generada por la nueva normativa podría desincentivar a algunas empresas a invertir en el sector, especialmente en un contexto internacional de alta volatilidad en los precios de los hidrocarburos.

c. En resumen

Las modificaciones introducidas por el Artículo 126 buscan generar un marco regulatorio más transparente y competitivo para el sector de hidrocarburos en Argentina. Si bien estas modificaciones pueden generar incertidumbre en el corto plazo, a largo plazo podrían contribuir a atraer inversiones, aumentar la producción de petróleo y gas natural y generar mayores ingresos fiscales para el Estado. Sin embargo, el éxito de estas medidas dependerá en gran medida de la forma en que se implementen y de la capacidad del Estado para generar confianza en los inversores.