Ley Bases - Lex
Tipo: otro
Actualizado

Artículo 177

Proceso de aprobación de solicitudes de adhesión al RIGI: plazos y requisitos

Desde la presentación de la solicitud de adhesión y el plan de inversión por parte del VPU (o, en su caso, desde la presentación de cualquier información complementaria o aclaratoria requerida por la autoridad de aplicación al efecto), la autoridad de aplicación contará con un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días siguientes para expedirse aprobándolos o rechazándolos. El plazo de cuarenta y cinco (45) días antes referido es esencial. El acto administrativo de aprobación o rechazo de la solicitud de adhesión deberá ser notificado dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a su emisión. La autoridad de aplicación podrá solicitar información complementaria o las aclaraciones que resulten indispensables para analizar la viabilidad y factibilidad del proyecto en función de sus características e incluso podrá citar a una audiencia a mantener con los representantes del VPU. El plazo previsto en el primer párrafo del presente se suspenderá desde la fecha de notificación de la solicitud de información adicional hasta la fecha de presentación de la información complementaria o las aclaraciones requeridas. La decisión sobre la aprobación o el rechazo por parte de la autoridad de aplicación se bas- á en la información incluida en la solicitud de adhesión, en el plan de versión de . evaluación que la autoridad de aplicación realice en los términos previstos en la presente ley. La decisión al respecto no será discrecional y respetará la garantía de igualdad ante la ley de todos los solicitantes, respetándose uniformidad y coherencia en los criterios de otorgamiento. En los casos en que medie rechazo, el acto administrativo deberá incluir de manera expresa y clara las razones en virtud de las cuales se funda dicho rechazo las que únicamente podrán consistir en las siguientes: a) El incumplimiento de alguno de los requisitos previstos en la presente ley; b) No alcanzar el monto de inversión mínima requerido; c) Un excesivo e injustificado plazo propuesto como fecha límite para cumplir con el monto de inversión mínima en activos computables; d) Un monto de inversión en activos computables inferior al requerido como inversión mínima durante el primer y segundo año posteriores a la fecha de notificación del acto administrativo de aprobación del plan de la adhesión al RIGI y del plan de inversión; e) La falta de información adecuada o esencial en el plan de inversión; f) La ausencia de permisos relevantes o esenciales para la ejecución del plan de inversión y/o la incertidumbre o largo plazo para su obtención que pudieran hacer peligrar la factibilidad del proyecto en los tiempos propuestos; g) Una clara y evidente imposibilidad de dar cumplimiento al plan de inversión de la manera planteada por el VPU a criterio de la autoridad de aplicación, sea en términos de factibilidad técnica, económica y/o financiera; y/o h) La determinación por parte de la Autoridad de Aplicación de que el ingreso al RIGI por parte del VPU solicitante generaría una distorsión en el mercado local. El rechazo de la solicitud de adhesión al RIGI no podrá ser recurrido. Sin embargo, el VPU tendrá derecho a presentar un nuevo plan de inversión respecto del mismo proyecto y someterlo nuevamente a consideración de la autoridad de aplicación hasta dos (2) veces más dentro del mismo año calendario. El acto administrativo que apruebe la solicitud de adhesión y el plan de inversión indicará de manera expresa lo siguiente: (i) La fecha de adhesión al RIGI, la que se retrotrae a la fecha de presentación de la solicitud de adhesión o de presentación de la información com.lem zjI aria que permitió la aprobación; (u) Los montos que deberán cumplirse en cada uno de los primeros dos (2) años contados desde la fecha de notificación del acto administrativo que apruebe la adhesión al RIGI; y (iii) La fecha límite para cumplimiento del monto de inversión mínima en activos computables según lo propuesto por el VPU en el plan de inversión aprobado. El acto administrativo aprobatorio de la solicitud de adhesión implicará que el VPU se encuentra adherido al RIGI, que se ha aprobado el plan de inversión presentado y que el proyecto objeto de adquisición, construcción, explotación yio desarrollo por parte del VPU es un proyecto adherido al RIGI. Emitido el acto administrativo aprobatorio de la solicitud de adhesión, se considerará que la fecha de adhesión al RIGI, y de adquisición de los derechos, es la fecha de la presentación original de la solicitud de adhesión por parte del VPU o la fecha posterior en la que el VPU hubiese completado a satisfacción de la autoridad de aplicación su solicitud de adhesión original con la información aclaratoria yio complementaria solicitada por la autoridad de aplicación, lo que suceda último. La fecha de adhesión será considerada como la fecha de adquisición de los derechos bajo el RIGI tanto para el proyecto como para el VPU. La fecha de notificación al VPU del acto administrativo aprobatorio de la adhesión al RIGI y del plan de inversión será considerada como la fecha de asunción por parte del VPU de los compromisos y requisitos de cumplimiento esencial previstos en el RIGI para la permanencia en el régimen. El acto administrativo aprobatorio del plan de inversión de determinado proyecto será constitutivo de los derechos que surgen del RIGI. Emitido el acto administrativo aprobatorio la autoridad de aplicación procederá a: 1. Emitir como constancia de adhesión al RIGI y a efectos meramente declarativos el "Certificado de Adhesión del Proyecto al RIGI" que acreditará el derecho a gozar de los incentivos bajo el RIGI. El acto aprobatorio de la solicitud de adhesión y dicho certificado serán notificados al VPU en el domicilio constituido en oportunidad de presentar el plan de inversión dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores y siguientes al de su emisión; 2. Informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos, a fin de que dentro del cazo improrrogable de diez (10) días hábiles genere una CUIT especial a los efectos del RIGI para el VPU a la que se le agregará al final del número la sigla "RIGI"; y 3. Informar a la autoridad competente en materia cambiaría (Banco Central de la República Argentina -o quien la reemplace-) a fin de que aplique al VPU los incentivos previstos en el presente en materia cambiaría. En el caso del cuarto párrafo del Artículo 169, una vez aprobada la solicitud de adhesión al RIGI por la autoridad de aplicación, se deberá llevar adelante un procedimiento de renegociación contractual a fin de lograr la adecuación del contrato de concesión a las exigencias particulares de cada proyecto y a las de su financiamiento. El plazo del contrato deberá fijarse teniendo en consideración las inversiones comprometidas, el financiamiento aplicado al proyecto y una utilidad razonable.

¿Qué significa?

a. Introducción y Conceptos Clave

El Artículo 177 de la ley Bases describe el proceso de evaluación y aprobación (o rechazo) de las solicitudes de adhesión al Régimen de Inversión para la Generación de Impulso (RIGI) por parte de los Vehículos de Propósito Unico (VPU). En esencia, establece los pasos que la autoridad de aplicación debe seguir para analizar la viabilidad de los proyectos presentados y determinar si cumplen con los requisitos para acceder a los beneficios del RIGI. Imaginemos que el RIGI es un programa de incentivos para empresas que buscan construir nuevas fábricas en Argentina. Para participar, cada empresa debe crear un VPU, que sería como una "filial" dedicada exclusivamente a ese proyecto. El Artículo 177 funciona como el "reglamento" que define cómo la entidad gubernamental a cargo del programa (la "autoridad de aplicación") evalúa las solicitudes de las empresas.

b. Explicación Detallada

El artículo establece un plazo máximo de 45 días para que la autoridad de aplicación analice la solicitud y el plan de inversión presentado por el VPU. Durante este tiempo, la autoridad puede solicitar información adicional o aclaraciones a los interesados. La decisión final, que debe ser notificada dentro de los 5 días hábiles posteriores, se basará en la información provista y en la evaluación técnica, económica y financiera del proyecto. En caso de rechazo, la autoridad debe fundamentar su decisión de manera clara y precisa, basándose en causales específicas, como el incumplimiento de requisitos, la falta de información esencial o la inviabilidad del proyecto. Si la solicitud es rechazada, el VPU tiene la posibilidad de presentar un nuevo plan hasta dos veces más dentro del mismo año calendario. Si la solicitud es aprobada, se emite un "Certificado de Adhesión del Proyecto al RIGI" y se informa a la AFIP y al Banco Central para la aplicación de los beneficios fiscales y cambiarios correspondientes. El acto administrativo de aprobación también establece la fecha de adhesión al RIGI, los montos de inversión a cumplir en los primeros dos años y la fecha límite para alcanzar la inversión mínima.

c. Ejemplos Ilustrativos

Ejemplo 1: Una empresa extranjera desea instalar una planta de producción de energía eólica en la Patagonia y crea un VPU para este proyecto. Presenta su solicitud de adhesión al RIGI junto con un plan de inversión detallado. La autoridad de aplicación analiza la información, solicita información adicional sobre el impacto ambiental del proyecto y finalmente lo aprueba, otorgándole los beneficios del régimen. Ejemplo 2: Una empresa nacional propone un proyecto de desarrollo de software que considera innovador y con gran potencial de exportación. Sin embargo, al analizar la solicitud, la autoridad de aplicación determina que el proyecto no cumple con el monto mínimo de inversión requerido para el sector. En consecuencia, rechaza la solicitud, explicando detalladamente las razones de su decisión. Ejemplo 3: Un VPU presenta un plan de inversión para la construcción de un hotel de lujo, pero omite información crucial sobre el financiamiento del proyecto. La autoridad de aplicación detecta esta falencia y solicita la información faltante. El plazo de 45 días se suspende hasta que el VPU presente la información completa.
¿Cuáles son las consecuencias?

a. Para los Vehículos de Propósito Único (VPU)

El Artículo 177 establece un proceso con consecuencias significativas para los VPU que buscan adherirse al RIGI: Aprobación: Acceso a los incentivos del RIGI, incluyendo beneficios fiscales y cambiarios. Seguridad jurídica al contar con un acto administrativo que respalda su adhesión al régimen y la aprobación de su plan de inversión. Mayor atractivo para inversores, al demostrar el cumplimiento de requisitos y la viabilidad del proyecto. Posibilidad de renegociar contratos de concesión para ajustarlos a las exigencias del proyecto (en casos específicos). Rechazo: Imposibilidad de acceder a los beneficios del RIGI. Necesidad de revisar y corregir el plan de inversión para subsanar las falencias detectadas (con la posibilidad de presentarlo hasta dos veces más en el mismo año). Pérdida de tiempo y recursos invertidos en la elaboración de la solicitud. Posible afectación a la imagen del proyecto y del VPU frente a potenciales inversores.

b. Para la Autoridad de Aplicación

El artículo establece un marco regulatorio que impacta en la función de la autoridad de aplicación: Responsabilidad y transparencia: La autoridad debe evaluar las solicitudes de forma objetiva y transparente, basándose en criterios preestablecidos. Se limita la discrecionalidad en la toma de decisiones. Se establece la obligación de fundamentar de manera clara y precisa los rechazos. Eficiencia y celeridad: Se fija un plazo máximo de 45 días para la evaluación de las solicitudes, lo que promueve la eficiencia del proceso. Se establecen plazos específicos para la notificación de las decisiones y la emisión del Certificado de Adhesión. Promoción de la inversión: Al asegurar un proceso transparente y eficiente, se busca generar confianza en los inversores y promover la inversión en proyectos estratégicos para el país.

c. Impacto General

El cumplimiento del Artículo 177 tiene consecuencias para el desarrollo económico del país: Fomento de la inversión y creación de empleo: La agilización de los procesos de aprobación de proyectos de inversión puede traducirse en un aumento de las inversiones, la creación de nuevos puestos de trabajo y el desarrollo de sectores estratégicos. Mayor transparencia y previsibilidad: Un marco regulatorio claro y transparente brinda seguridad jurídica a los inversores y fomenta un clima de negocios más favorable. Mejora de la competitividad: La implementación de regímenes de incentivos como el RIGI, con procesos de aprobación eficientes, puede contribuir a mejorar la competitividad de Argentina como destino de inversión.

3. Ejemplos Adicionales:

Ejemplo 4: Un VPU presenta un plan de inversión para un proyecto de energía renovable. Si bien cumple con los requisitos del RIGI, su cronograma para alcanzar la inversión mínima es considerado excesivamente extenso por la autoridad de aplicación, lo que podría poner en riesgo la viabilidad del proyecto a largo plazo. La solicitud es rechazada, pero se invita al VPU a presentar un nuevo plan con un cronograma ajustado. Ejemplo 5: Dos VPU presentan proyectos similares en el sector agroindustrial. La autoridad de aplicación, aplicando criterios uniformes y objetivos, aprueba uno de los proyectos y rechaza el otro por no cumplir con el requisito de integración de proveedores locales.

4. En resumen:

El Artículo 177 del Régimen de Inversión para la Generación de Impulso juega un papel fundamental en el proceso de adhesión al mismo. Define un procedimiento transparente y con plazos bien establecidos, que busca asegurar la viabilidad de los proyectos, proteger los intereses del Estado y promover la inversión productiva en Argentina.