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Artículo 191
Exenciones de derechos de exportación para exportaciones de VPU adheridos al RIGILas exportaciones para consumo de los bienes obtenidos al amparo del proyecto promovido, realizadas por los VPU adheridos al RIGI se encontrarán exentas de derechos de exportación, luego de transcurridos tres (3) años contados desde la fecha de adhesión al RIGI. Las exportaciones a las que se refiere el párrafo anterior realizadas por los VPU de proyectos declarados de Exportación Estratégica de Largo Plazo estarán exentas de derechos de exportación, a partir de los dos (2) años contados desde la fecha de adhesión al RIGI.
¿Qué significa?
a. Introducción y Conceptos Clave
El Artículo 191 forma parte de un conjunto de normas que regulan el Régimen de Importación General de Insumos (RIGI). Este régimen busca facilitar la producción y exportación en Argentina al permitir que ciertas empresas, denominadas "VPU" (Ventanilla Única de Comercio Exterior), importen insumos con beneficios impositivos. En términos sencillos, imaginemos que un grupo de carpinteros quiere fabricar sillas para vender tanto en Argentina como en el exterior. Para eso, necesitan importar herramientas especiales y madera de alta calidad. Normalmente, tendrían que pagar impuestos por traer esos materiales al país. Sin embargo, si se adhieren al RIGI como VPU, podrían importar esas herramientas y madera sin pagar impuestos o pagando menos. El Artículo 191 se centra en las exportaciones que realizan estas empresas (VPU) que importaron con beneficios gracias al RIGI. Establece que, después de un período determinado, los productos que exporten también estarán exentos de impuestos. Es decir, así como se les facilita la importación de insumos, también se les facilita la exportación de los productos finales.b. Explicación Detallada
El artículo 191 se divide en dos partes principales: Parte 1 (Párrafos 1 a 3): Esta sección establece una regla general para las exportaciones de productos fabricados con insumos importados bajo el RIGI. Indica que estas exportaciones estarán libres del pago de derechos de exportación (impuestos a la salida de mercadería del país) después de tres años desde que la empresa se adhirió al RIGI. Parte 2 (Párrafos 4 y 5): Esta sección establece una excepción a la regla general. Si la empresa VPU está dentro de un proyecto declarado como "Exportación Estratégica de Largo Plazo", el plazo para la exención de impuestos a la exportación se reduce a dos años. Es importante destacar que la exención se aplica a las "exportaciones para consumo". Esto significa que el producto final exportado debe estar destinado a ser usado o consumido en el extranjero, y no a ser importado nuevamente a Argentina.c. Ejemplos Ilustrativos
Ejemplo 1: Una empresa textil se adhiere al RIGI para importar maquinaria especializada e hilos de algodón de alta calidad. Fabrica remeras con estos insumos. Según el Artículo 191, después de tres años de haberse adherido al RIGI, podrá exportar esas remeras sin pagar impuestos a la exportación. Ejemplo 2: Un grupo de ingenieros forma una empresa que se dedica a la fabricación de drones. Su proyecto es declarado de "Exportación Estratégica de Largo Plazo". Importan componentes electrónicos bajo el régimen RIGI. En este caso, solo deberán esperar dos años desde su adhesión al RIGI para exportar los drones sin pagar impuestos a la exportación.¿Cuáles son las consecuencias?
El Artículo 191, con sus beneficios y requisitos, tiene diversas consecuencias, tanto para las empresas como para la economía en general.