Ley Bases - Lex
Tipo: otro
Actualizado

Artículo 204

Régimen tributario especial para vehículos usados importados y exportados bajo el RIGI

En el caso de los tributos regidos por la legislación aduanera, serán de aplicación a las importaciones y a las exportaciones para consumo de los VPU adheridos al RIGI el régimen tributario, la alícuota y la base imponible vigentes al momento de la fecha de adhesión con las modificaciones que surgen de los incentivos previstos en el capítulo IV del presente título. La Administración Federal de Ingresos Públicos deberá establecer un procedimiento de autoliquidación manual libre que garantice al VPU la posibilidad de presentar la liquidación de derechos y demás tributos a la importación o a la exportación que estime corresponder y de registrar la destinación de importación o exportación incorporando dicha liquidación, sin que pueda exigírsele en ningún caso el pago previo de los importes que resulten aplicables bajo la normativa vigente en cada momento. Dicho procedimiento no podrá estar sujeto a autorización previa ni a requisitos o condiciones de ninguna clase.

¿Qué significa?

a. Introducción y Conceptos Clave

El artículo 204 de la ley Bases se centra en el tratamiento tributario aduanero para los VPU (Voluntarios del Proceso de Unidad), que son individuos que se adhieren al RIGI (Régimen de Integración y Garantía para la Inclusión). En esencia, este artículo busca brindar seguridad jurídica y previsibilidad a los VPU en sus operaciones de comercio exterior, estableciendo que se les aplicarán las normas tributarias vigentes al momento de su adhesión al RIGI, con excepción de los beneficios específicos detallados en el capítulo IV de la misma ley. Además, se introduce un mecanismo de "autoliquidación manual libre" para facilitar el pago de tributos aduaneros por parte de los VPU, permitiéndoles determinar y declarar el monto que consideran adeudado sin necesidad de autorizaciones previas o requisitos adicionales.

b. Explicación Detallada

El artículo se compone de dos párrafos principales: Primer párrafo: Establece la aplicación del régimen tributario, alícuota y base imponible vigentes al momento de la adhesión al RIGI para las importaciones y exportaciones para consumo de los VPU. Esto implica que, salvo que existan incentivos específicos en el capítulo IV de la ley, los VPU no se verán afectados por modificaciones posteriores en la legislación tributaria aduanera. Segundo párrafo: Introduce el procedimiento de "autoliquidación manual libre". Este mecanismo permite a los VPU: Presentar la liquidación de los tributos aduaneros (derechos de importación/exportación, tasas, etc.) que consideren correspondientes según su interpretación de la normativa vigente. Registrar la destinación de importación o exportación, incluyendo la liquidación presentada. Realizar lo anterior sin necesidad de: Pago previo de los tributos. Autorizaciones o requisitos adicionales.

c. Ejemplos Ilustrativos

Ejemplo 1: Un VPU se adhiere al RIGI el 1 de enero de 2024. En ese momento, el arancho de importación para un determinado producto es del 10%. El 1 de marzo de 2024, se modifica la ley y el arancel para ese producto se eleva al 15%. Sin embargo, al VPU se le seguirá aplicando el arancel del 10% para sus importaciones de dicho producto, ya que esa era la alícuota vigente al momento de su adhesión al RIGI. Ejemplo 2: Un VPU desea importar un lote de computadoras. Utilizando el procedimiento de autoliquidación manual libre, calcula los tributos aduaneros que considera aplicables según su interpretación de la normativa vigente y presenta la liquidación correspondiente. A continuación, puede registrar la destinación de importación de las computadoras, incluyendo la liquidación presentada, sin necesidad de realizar ningún pago previo ni obtener autorización previa por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
¿Cuáles son las consecuencias?
El artículo 204 trae consigo una serie de consecuencias relevantes tanto para los VPU como para la Administración Tributaria: Para los VPU (Voluntarios del Proceso de Unidad): Seguridad Jurídica: El hecho de que se les aplique la normativa vigente al momento de su adhesión al RIGI les brinda certeza y previsibilidad en sus operaciones de comercio exterior. No se verán afectados por cambios inesperados en las leyes que puedan perjudicarlos económicamente. Simplificación de Trámites: El procedimiento de autoliquidación manual libre agiliza y facilita el pago de tributos aduaneros. Los VPU no tendrán que esperar autorizaciones previas ni cumplir con requisitos engorrosos, lo que se traduce en un ahorro de tiempo y recursos. Mayor Autonomía: La posibilidad de determinar y declarar el monto de los tributos que consideran adeudados les otorga mayor autonomía y control sobre sus operaciones. Para la Administración Tributaria: Fomento de la Adhesión al RIGI: La simplificación de trámites y la seguridad jurídica que ofrece el artículo 204 pueden incentivar a que más personas se adhieran al RIGI, lo cual contribuiría a los objetivos de integración y desarrollo económico perseguidos por la ley. Mayor Eficiencia en la Gestión: Al delegar en los VPU la liquidación de ciertos tributos aduaneros, la Administración Tributaria puede optimizar sus recursos y enfocar sus esfuerzos en otros aspectos de la gestión fiscal. Potencial Aumento del Riesgo Fiscal: Si bien el mecanismo de autoliquidación simplifica trámites, también implica un mayor riesgo de que se produzcan errores o inconsistencias en las liquidaciones presentadas por los VPU. Esto podría derivar en una menor recaudación de tributos aduaneros si no se establecen mecanismos de control adecuados. En definitiva, el artículo 204 busca generar un escenario win-win, donde los VPU se beneficien de una mayor seguridad jurídica y simplificación administrativa, mientras que la Administración Tributaria pueda optimizar sus recursos y fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias. Sin embargo, es fundamental que se implementen mecanismos de control eficientes para mitigar los potenciales riesgos fiscales asociados al procedimiento de autoliquidación manual libre.