Ley Bases - Lex
Tipo: otro
Actualizado

Artículo 76

Regularización de relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas en el sector privado

Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley. La regularización podrá comprender relaciones laborales no registradas o relaciones laborales deficientemente registradas.

¿Qué significa?

a. Introducción y Conceptos Clave

El Artículo 76 se refiere a la posibilidad de que los empleadores del sector privado "regularicen" las relaciones laborales que ya existen al momento de entrar en vigencia la Ley Bases. En términos sencillos, "regularizar" significa poner en orden, ponerse al día o corregir una situación que no cumple con la ley. En este caso, se trata de las relaciones laborales que no han sido debidamente registradas, o que directamente no han sido registradas. Imaginemos que un empleador tiene trabajando a una persona en su empresa desde hace un tiempo, pero no realizó el debido registro de la relación laboral, como por ejemplo, no lo declaró como empleado ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Esto significa que el trabajador no está gozando de sus derechos laborales como corresponde, como el acceso a una obra social, el pago de aportes jubilatorios, etc. Este artículo busca dar la oportunidad a los empleadores de corregir estas situaciones y registrar correctamente a sus empleados, brindándoles así la posibilidad de acceder a todos los beneficios que la ley les otorga.

b. Explicación Detallada

El artículo no especifica los detalles de cómo se llevaría a cabo esta regularización, ni las consecuencias que podría tener para el empleador que decida no hacerlo. Tampoco queda claro si esta regularización implicaría algún tipo de sanción para el empleador por no haber registrado correctamente la relación laboral en primer lugar. Es importante destacar que este artículo se refiere únicamente a las relaciones laborales "vigentes" al momento de entrar en vigencia la ley. Esto significa que no se aplica a relaciones laborales que hayan finalizado con anterioridad.

c. Ejemplos Ilustrativos

Ejemplo 1: Juan trabaja en una panadería desde hace un año, pero su empleador nunca lo registró formalmente. Con la entrada en vigencia de esta ley, el empleador de Juan tiene la posibilidad de "regularizar" su situación, es decir, registrarlo como empleado y comenzar a pagarle los aportes y contribuciones correspondientes. Ejemplo 2: María trabaja en una casa de familia realizando tareas domésticas. Si bien su empleador la tiene declarada, no le está pagando el sueldo que corresponde según la ley. En este caso, la "regularización" implicaría que el empleador comience a pagarle a María el salario que le corresponde por ley. Ejemplo 3: Pedro trabaja en una construcción y su empleador solo lo registró por algunas horas de trabajo, a pesar de que trabaja jornada completa. Al entrar en vigencia la ley, el empleador podría "regularizar" la situación de Pedro, reconociendo las horas de trabajo reales y pagando los aportes correspondientes.
¿Cuáles son las consecuencias?

a. Consecuencias para los empleadores:

Este artículo abre un abanico de posibilidades para los empleadores que no cumplieron con sus obligaciones legales al iniciar la relación laboral con sus trabajadores. Sin embargo, es importante destacar que la ley no especifica cuáles serían las consecuencias para aquellos empleadores que no aprovechen la oportunidad de regularizar las relaciones laborales. Esta falta de claridad puede interpretarse de diversas maneras: Posibilidad de sanción: Existe la posibilidad de que, al no aclararse las consecuencias, la ley esté dando lugar a que se establezcan sanciones posteriormente. Es decir, la falta de regularización podría implicar multas, recargos o otro tipo de penalidades impuestas por el Poder Ejecutivo a través de la autoridad de aplicación que se defina. Incentivo a la regularización: Por otro lado, la falta de especificación de las consecuencias también podría interpretarse como un incentivo para que los empleadores regularicen la situación laboral de sus trabajadores sin temor a ser sancionados por incumplimientos pasados.

b. Consecuencias para los trabajadores:

En principio, la posibilidad de regularizar las relaciones laborales debería tener consecuencias positivas para los trabajadores del sector privado. Al formalizar su situación laboral, los trabajadores accederían a: Derechos laborales básicos: Como el acceso a la obra social, el pago de aportes jubilatorios y la cobertura por accidentes laborales, entre otros. Mayor seguridad laboral: Al estar registrados, los trabajadores tendrían mayor estabilidad laboral y protección ante un posible despido. Posibilidad de reclamo: Una vez regularizada su situación, los trabajadores podrían reclamar por derechos vulnerados con anterioridad, como el pago de salarios adeudados o diferencias salariales.

c. Interrogantes:

La falta de precisión en cuanto a las consecuencias genera una serie de interrogantes: ¿Se establecerán sanciones para los empleadores que no regularicen las relaciones laborales? ¿De qué tipo serán estas sanciones? ¿Serán retroactivas? ¿Qué pasará con los trabajadores cuyos empleadores no regularicen su situación laboral? ¿Existirá algún tipo de protección o mecanismo de denuncia? Es fundamental que la autoridad de aplicación designada por el Poder Ejecutivo Nacional, aclare estos puntos para brindar seguridad jurídica tanto a empleadores como a trabajadores.