Ley Ómnibus - Lex
Tipo: Sustitución
Actualizado

ARTÍCULO 267.- Sustitúyese el artículo 31° de la Ley N° 17.319 de Hidrocarburos, por el siguiente: “ARTÍCULO 31. - Todo concesionario de explotación está obligado a efectuar, dentro de plazos razonables, las inversiones que sean necesarias para la ejecución de los trabajos que exija el desarrollo de toda la superficie abarcada por la concesión, con arreglo a las más racionales y eficientes técnicas y en correspondencia con la característica y magnitud de las reservas comprobadas.”

El artículo 31 establece obligaciones para los concesionarios de explotación en el contexto de la Ley de Hidrocarburos. Estas obligaciones están relacionadas con las inversiones necesarias para llevar a cabo los trabajos que demande el desarrollo de la superficie comprendida por la concesión. Es importante destacar que esta es una ley federal, pero se han aclarado los casos en los que corresponde actuar a la Nación o a las Provincias para delimitar competencias. Además, se han mantenido las facultades de la autoridad de aplicación respectiva para controlar los programas de desarrollo y compromisos de inversión, así como la elaboración conjunta del pliego modelo entre Nación y Provincias.
¿Qué significa?
El artículo impone la obligación a los concesionarios de explotación de realizar las inversiones necesarias en plazos razonables para ejecutar los trabajos requeridos por el desarrollo de toda la superficie cubierta por la concesión. Estas inversiones deben realizarse de acuerdo con las técnicas más racionales y eficientes, y en correspondencia con la característica y magnitud de las reservas comprobadas. En otras palabras, los concesionarios tienen la responsabilidad de invertir de manera adecuada y oportuna en los trabajos necesarios para desarrollar la superficie concedida, teniendo en cuenta las características y el tamaño de las reservas de hidrocarburos presentes en esa área.
¿Cuáles son las consecuencias?
Positivas
1. Desarrollo responsable: La obligación impuesta a los concesionarios de realizar inversiones en el desarrollo de la superficie concedida promueve un uso responsable de los recursos. Esto garantiza que las inversiones se realicen de manera planificada y eficiente, maximizando el potencial de los yacimientos de hidrocarburos.

2. Protección del medio ambiente: Al requerir inversiones realizadas de acuerdo con las técnicas más racionales y eficientes, el artículo contribuye a la protección del medio ambiente, ya que se fomenta el uso de tecnologías limpias y sostenibles en la explotación de los recursos naturales.

3. Coordinación entre Nación y Provincias: La elaboración conjunta del pliego modelo entre Nación y Provincias, mencionada en la información adicional, promueve la coordinación y colaboración entre las distintas jurisdicciones, lo que puede facilitar un mejor aprovechamiento de los recursos y una regulación más efectiva del sector.
Negativas
1. Carga financiera para los concesionarios: Las inversiones requeridas por el artículo 31 pueden representar una carga financiera significativa para los concesionarios, especialmente si se trata de empresas de menor tamaño. Esto podría limitar la participación de ciertos actores en la exploración y explotación de yacimientos de hidrocarburos.

2. Cumplimiento estricto: Si no se establecen criterios claros para definir qué se considera "plazos razonables" y "técnicas más racionales y eficientes", podrían surgir conflictos en cuanto al cumplimiento de estas obligaciones, generando disputas legales entre los concesionarios y la autoridad de aplicación.

3. Limitación de la innovación: Al exigir que las inversiones se realicen de acuerdo con las técnicas más racionales y eficientes, existe el riesgo de limitar la experimentación e innovación en el desarrollo de nuevos métodos de exploración y extracción de hidrocarburos, lo que podría restringir el avance tecnológico en el sector.

En resumen, el artículo 31 de la Ley de Hidrocarburos impone obligaciones a los concesionarios de explotación, buscando garantizar un desarrollo racional y eficiente de los recursos, aunque también plantea desafíos financieros y regulatorios para las partes involucradas.

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