Ley Ómnibus - Lex
Tipo: Sustitución

ARTÍCULO 516.- Sustitúyese el artículo 25 de la Ley N° 27.611 por el siguiente:“ARTÍCULO 25.- Indicadores. La autoridad de aplicación deberá acordar, en el marco de la unidad de coordinación establecida en el artículo 30 de la presente ley, un listado de indicadores integrales que incluyan los determinantes sociales de la salud, para aportar información a nivel poblacional con la que sea posible identificar a las embarazadas, los niños y las niñas en situaciones de amenaza o vulneración de derechos que afecten o pudieran afectar su salud integral.La autoridad de aplicación promoverá la capacitación en estos indicadores, búsqueda activa e incumbencias sobre protocolos a seguir en casos de vulneración de derechos que afecten la salud integral, a todos los integrantes de equipos de salud, desarrollo social, educación y de protección de las infancias, responsables del cuidado integral de la salud de las mujeres embarazadas y los niños por nacer hasta los tres (3) años de nacidos.

¿Qué significa?
Este artículo cambia el artículo 25 de la ley de 2023 (Ley N° 27.611) para abordarlo a la atención de madres embarazadas en gestación y de los niños y niñas en situaciones de amenaza o vulneración de derechos. Este cambio impulsa la capacitación de los diferentes equipos de salud, desarrollo social y educativo para promover acciones orientadas a la salud integral de la población, integrando los determinantes sociales de la salud, y desarrollar estrategias para la detección y atención oportuna de embarazos en situación de vulneración social en niños y niñas menores de 3 años.
¿Cuáles son las consecuencias?
Consecuencias positivas: Mejorar la salud integral de las mujeres embarazadas y los niños y niñas en situaciones de amenaza o vulneración de derechos, al contar con un sistema de atención que busca garantizar el acceso a servicios de salud de calidad y entrega de información sobre determinantes sociales de la salud. Reducir las desigualdades sanitarias que sufren este grupo poblacional. Formar profesionales sanitarios, desde su mismo inicio en el campo, en la detección de embarazos y niños y niñas en situaciones de vulnerabilidad social y en las recomendaciones de protocolos a seguir según los diferentes casos. Sensibilizar a los profesionales sanitarios sobre la importancia de la atención a este grupo poblacional, lo que puede conducir a una mayor provisión de servicios integrales de salud. Consecuencias negativas: Mayor carga de trabajo y tiempo de dedicación por parte del personal de salud, quienes tendrán que añadir esta responsabilidad de indicación de indicadores a su ya cargada agenda. Puede surgir cierta resistencia o reticencia por parte de los profesionales sanitarios, al ser un incremento de sus funciones. La formación de estos profesionales sanitarios acarrea costes que pueden repercutir en los precios de asistencia al sistema público de salud. Reducir o quitar tiempo de atención a otros pacientes pendientes de tratar.

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