Ley Ómnibus - Lex
Tipo: Sustitución

ARTÍCULO 358.- Sustitúyese el artículo 912 del Código Civil y Comercial aprobado por la Ley N° 26.994 y sus modificatorias por el siguiente:“ARTÍCULO 912.- Derechos del acreedor que retira el depósito. Si el acreedor retira lo depositado y rechaza el pago, puede reclamar judicialmente un importe mayor por considerarlo insuficiente. Para demandar tiene un término de caducidad de noventa días computados a partir del recibo con reserva.”

El artículo 912 del Código Civil y Comercial de Argentina, modificado por el artículo 358 de la Ley "Ómnibus", regula los derechos del acreedor que retira el depósito. Este artículo se enmarca en el contexto más amplio del derecho de obligaciones, que establece las normas que rigen las relaciones jurídicas entre acreedores y deudores.

El depósito es un contrato por el cual una persona (depositante) entrega a otra (depositario) una cosa mueble para que la guarde y la restituya cuando se la pida. El acreedor es la persona a quien se le debe una obligación, mientras que el deudor es la persona que debe cumplir con esa obligación.
¿Qué significa?
El artículo 912 establece que si el acreedor retira lo depositado y rechaza el pago, puede reclamar judicialmente un importe mayor por considerarlo insuficiente. Para demandar, tiene un término de caducidad de noventa días computados a partir del recibo con reserva.

Esto significa que el acreedor tiene derecho a reclamar judicialmente un importe mayor al que se le ha pagado, si considera que el pago es insuficiente. Sin embargo, debe hacerlo dentro de los noventa días siguientes a la fecha en que recibió el pago con reserva.

La reserva es una declaración que hace el acreedor en el momento de recibir el pago, en la que expresa que se reserva el derecho a reclamar un importe mayor si considera que el pago es insuficiente. Esta declaración debe hacerse por escrito y debe ser firmada por el acreedor.

El término de caducidad de noventa días es un plazo improrrogable, lo que significa que el acreedor no puede reclamar judicialmente un importe mayor después de transcurrido ese plazo.
Ejemplos
Imaginemos que un acreedor recibe un pago de $100.000, pero considera que el pago es insuficiente y que el deudor le debe $120.000. El acreedor puede reclamar judicialmente los $20.000 restantes, pero debe hacerlo dentro de los noventa días siguientes a la fecha en que recibió el pago con reserva.

Si el acreedor no reclama judicialmente los $20.000 restantes dentro de los noventa días siguientes a la fecha en que recibió el pago con reserva, perderá su derecho a reclamarlos.
¿Cuáles son las consecuencias?
Positivas
El artículo 912 tiene varias consecuencias positivas. En primer lugar, protege los derechos del acreedor al permitirle reclamar judicialmente un importe mayor al que se le ha pagado, si considera que el pago es insuficiente. Esto garantiza que el acreedor reciba el pago completo de la deuda.

En segundo lugar, el artículo 912 desincentiva al deudor a pagar una cantidad inferior a la que realmente debe. Si el deudor sabe que el acreedor puede reclamar judicialmente un importe mayor, es más probable que pague la deuda en su totalidad. Esto beneficia tanto al acreedor como al deudor, ya que evita conflictos legales y gastos innecesarios.
Negativas
El artículo 912 también tiene algunas consecuencias negativas. En primer lugar, puede generar incertidumbre jurídica, ya que el deudor no sabe si el acreedor reclamará judicialmente un importe mayor. Esto puede disuadir al deudor de pagar la deuda, lo que puede llevar a conflictos legales.

En segundo lugar, el artículo 912 puede generar costos adicionales para el deudor, ya que puede verse obligado a pagar los gastos judiciales si el acreedor reclama judicialmente un importe mayor. Esto puede suponer una carga financiera importante para el deudor, especialmente si no tiene los recursos suficientes para hacer frente a estos gastos.

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