Tipo: Derogación
ARTÍCULO 542.- Derógase el inciso 11 del artículo 8º del Decreto N° 357/02.
¿Qué significa?
El artículo 542 deroga el inciso 11 del artículo 8º del Decreto N° 357/02, que establecía la creación de la Subsecretaría de Política Social en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social. Esto significa que la Subsecretaría de Política Social deja de existir como unidad organizativa dentro del Ministerio de Desarrollo Social.
¿Cuáles son las consecuencias?
La derogación del inciso 11 del artículo 8º del Decreto N° 357/02 tiene varias consecuencias:
Positivas:
Puede conducir a una mayor eficiencia y eficacia en la gestión de las políticas sociales, al eliminar duplicaciones y superposiciones de funciones entre diferentes unidades organizativas.
Puede permitir una mejor coordinación entre las diferentes áreas del Ministerio de Desarrollo Social, al eliminar la existencia de una subsecretaría específica para la política social.
Negativas:
Puede conducir a una pérdida de experiencia y conocimiento especializado en materia de política social, al eliminar la existencia de una subsecretaría específica para esta área.
Puede dificultar la coordinación entre las diferentes áreas del Ministerio de Desarrollo Social, al no existir una unidad organizativa específica encargada de esta tarea.
Información adicional:
La Subsecretaría de Política Social era una unidad organizativa dentro del Ministerio de Desarrollo Social que se encargaba de diseñar, implementar y evaluar las políticas sociales del Gobierno nacional. La Subsecretaría tenía a su cargo una serie de programas y proyectos sociales, como el Programa de Asignación Universal por Hijo, el Programa de Jefes y Jefas de Hogar y el Programa de Desarrollo Social.