Tipo: Sustitución
ARTÍCULO 614.- Sustitúyese el artículo 37 de la Ley N° 25.164 por el siguiente:“ARTÍCULO 37.- Los plazos de prescripción para la aplicación de las sanciones disciplinarias, con las salvedades que determine la reglamentación, se computarán de la siguiente forma:a) Causales que dieran lugar a la aplicación de apercibimiento y suspensión: UN (1) año.b) Causales que dieran lugar a la cesantía: DOS (2) años.c) Causales que dieran lugar a la exoneración: CUATRO (4) años.En todos los casos, el plazo se contará a partir del momento de la comisión de la falta.”
El artículo 614 de la Ley "Ómnibus" modifica el artículo 37 de la Ley N° 25.164, que establece los plazos de prescripción para la aplicación de sanciones disciplinarias a los empleados públicos.
La prescripción es un instituto jurídico que extingue la acción para exigir el cumplimiento de una obligación o la aplicación de una sanción, transcurrido un determinado plazo de tiempo. En el caso de las sanciones disciplinarias, el plazo de prescripción varía según la gravedad de la falta cometida.
La prescripción es un instituto jurídico que extingue la acción para exigir el cumplimiento de una obligación o la aplicación de una sanción, transcurrido un determinado plazo de tiempo. En el caso de las sanciones disciplinarias, el plazo de prescripción varía según la gravedad de la falta cometida.
¿Qué significa?
El artículo 614 modifica el artículo 37 de la Ley N° 25.164 de la siguiente manera:
* Para las faltas que dan lugar a apercibimiento o suspensión, el plazo de prescripción es de un (1) año.
* Para las faltas que dan lugar a cesantía, el plazo de prescripción es de dos (2) años.
* Para las faltas que dan lugar a exoneración, el plazo de prescripción es de cuatro (4) años.
En todos los casos, el plazo de prescripción se cuenta a partir del momento de la comisión de la falta.
* Para las faltas que dan lugar a apercibimiento o suspensión, el plazo de prescripción es de un (1) año.
* Para las faltas que dan lugar a cesantía, el plazo de prescripción es de dos (2) años.
* Para las faltas que dan lugar a exoneración, el plazo de prescripción es de cuatro (4) años.
En todos los casos, el plazo de prescripción se cuenta a partir del momento de la comisión de la falta.
Ejemplos
* Ejemplo 1: Un empleado público comete una falta que da lugar a apercibimiento. Si la autoridad competente no inicia el procedimiento disciplinario dentro del plazo de un año a partir de la comisión de la falta, la acción para aplicar la sanción prescribe y el empleado no podrá ser sancionado.
* Ejemplo 2: Un empleado público comete una falta que da lugar a cesantía. Si la autoridad competente no inicia el procedimiento disciplinario dentro del plazo de dos años a partir de la comisión de la falta, la acción para aplicar la sanción prescribe y el empleado no podrá ser sancionado.
* Ejemplo 3: Un empleado público comete una falta que da lugar a exoneración. Si la autoridad competente no inicia el procedimiento disciplinario dentro del plazo de cuatro años a partir de la comisión de la falta, la acción para aplicar la sanción prescribe y el empleado no podrá ser sancionado.
* Ejemplo 2: Un empleado público comete una falta que da lugar a cesantía. Si la autoridad competente no inicia el procedimiento disciplinario dentro del plazo de dos años a partir de la comisión de la falta, la acción para aplicar la sanción prescribe y el empleado no podrá ser sancionado.
* Ejemplo 3: Un empleado público comete una falta que da lugar a exoneración. Si la autoridad competente no inicia el procedimiento disciplinario dentro del plazo de cuatro años a partir de la comisión de la falta, la acción para aplicar la sanción prescribe y el empleado no podrá ser sancionado.
¿Cuáles son las consecuencias?
Positivas
La modificación del artículo 37 de la Ley N° 25.164 tiene varias consecuencias positivas:
* Mayor seguridad jurídica para los empleados públicos: Al establecer plazos de prescripción claros para la aplicación de sanciones disciplinarias, se elimina la incertidumbre jurídica que existía anteriormente y se garantiza que los empleados públicos no podrán ser sancionados por faltas cometidas hace mucho tiempo.
* Más transparencia en los procedimientos disciplinarios: Al establecer plazos de prescripción, se obliga a las autoridades competentes a iniciar los procedimientos disciplinarios de manera oportuna. Esto contribuye a garantizar la transparencia y la rendición de cuentas de los procedimientos disciplinarios.
* Mayor eficacia de los procedimientos disciplinarios: Al reducir el tiempo que transcurre entre la comisión de la falta y la aplicación de la sanción, se aumenta la eficacia de los procedimientos disciplinarios. Esto contribuye a disuadir a los empleados públicos de cometer faltas y a garantizar la disciplina en el ámbito del empleo público.
* Mayor seguridad jurídica para los empleados públicos: Al establecer plazos de prescripción claros para la aplicación de sanciones disciplinarias, se elimina la incertidumbre jurídica que existía anteriormente y se garantiza que los empleados públicos no podrán ser sancionados por faltas cometidas hace mucho tiempo.
* Más transparencia en los procedimientos disciplinarios: Al establecer plazos de prescripción, se obliga a las autoridades competentes a iniciar los procedimientos disciplinarios de manera oportuna. Esto contribuye a garantizar la transparencia y la rendición de cuentas de los procedimientos disciplinarios.
* Mayor eficacia de los procedimientos disciplinarios: Al reducir el tiempo que transcurre entre la comisión de la falta y la aplicación de la sanción, se aumenta la eficacia de los procedimientos disciplinarios. Esto contribuye a disuadir a los empleados públicos de cometer faltas y a garantizar la disciplina en el ámbito del empleo público.
Negativas
La modificación del artículo 37 de la Ley N° 25.164 también tiene algunas consecuencias negativas:
* Puede generar impunidad para los empleados públicos que cometan faltas graves: Al establecer plazos de prescripción relativamente cortos para las faltas graves, se aumenta la posibilidad de que los empleados públicos que cometan faltas graves queden impunes. Esto puede generar un sentimiento de injusticia entre los empleados públicos que cumplen con sus obligaciones y puede contribuir a la disminución de la moral y la disciplina en el ámbito del empleo público.
* Puede dificultar la gestión de los recursos humanos en el ámbito del empleo público: Al establecer plazos de prescripción relativamente cortos, se dificulta la gestión de los recursos humanos en el ámbito del empleo público. Esto se debe a que las autoridades competentes deben iniciar los procedimientos disciplinarios de manera oportuna, lo que puede generar una sobrecarga de trabajo.
* Puede generar impunidad para los empleados públicos que cometan faltas graves: Al establecer plazos de prescripción relativamente cortos para las faltas graves, se aumenta la posibilidad de que los empleados públicos que cometan faltas graves queden impunes. Esto puede generar un sentimiento de injusticia entre los empleados públicos que cumplen con sus obligaciones y puede contribuir a la disminución de la moral y la disciplina en el ámbito del empleo público.
* Puede dificultar la gestión de los recursos humanos en el ámbito del empleo público: Al establecer plazos de prescripción relativamente cortos, se dificulta la gestión de los recursos humanos en el ámbito del empleo público. Esto se debe a que las autoridades competentes deben iniciar los procedimientos disciplinarios de manera oportuna, lo que puede generar una sobrecarga de trabajo.