Ley Ómnibus - Lex
Tipo: Sustitución

ARTÍCULO 374.- Sustitúyese el inciso c) del artículo 1513 del Código Civil y Comercial aprobado por la Ley N° 26.994 y sus modificatorias por el siguiente:“c) sistema de negocios: es el conjunto de conocimientos prácticos y la experiencia acumulada por el franquiciante, no patentado, sustancial y transmisible. Es sustancial cuando la información que contiene es relevante para la venta o prestación de servicios y permite al franquiciado prestar sus servicios o vender los productos conforme con el sistema de negocios. Es transmisible cuando su descripción es suficiente para permitir al franquiciado desarrollar su negocio de conformidad a las pautas creadas o desarrolladas por el franquiciante.”

El artículo 374 de la Ley "Ómnibus" presentada en Argentina por el equipo del presidente Javier Milei al Congreso para su debate y aprobación, modifica el inciso c) del artículo 1513 del Código Civil y Comercial aprobado por la Ley N° 26.994 y sus modificatorias.

El artículo 1513 define el contrato de franquicia como aquel por el cual una de las partes, denominada franquiciante, otorga a otra, denominada franquiciado, el derecho a utilizar una marca o un nombre comercial, así como los métodos y sistemas que el franquiciante ha desarrollado y utiliza para comercializar determinados bienes o servicios.

El inciso c) del artículo 1513 define el sistema de negocios como el conjunto de conocimientos prácticos y la experiencia acumulada por el franquiciante, no patentado, sustancial y transmisible.
¿Qué significa?
La modificación introducida por el artículo 374 de la Ley "Ómnibus" amplía la definición de sistema de negocios para incluir los conocimientos prácticos y la experiencia acumulada por el franquiciante, no patentado, sustancial y transmisible.

La modificación también aclara que el sistema de negocios es sustancial cuando la información que contiene es relevante para la venta o prestación de servicios y permite al franquiciado prestar sus servicios o vender los productos conforme con el sistema de negocios.

Además, la modificación aclara que el sistema de negocios es transmisible cuando su descripción es suficiente para permitir al franquiciado desarrollar su negocio de conformidad a las pautas creadas o desarrolladas por el franquiciante.
Ejemplos
Un ejemplo de sistema de negocios es el conjunto de conocimientos prácticos y la experiencia acumulada por una cadena de restaurantes de comida rápida, que incluye la forma de preparar y servir los alimentos, la forma de gestionar el personal y la forma de comercializar los productos.

Otro ejemplo de sistema de negocios es el conjunto de conocimientos prácticos y la experiencia acumulada por una empresa de servicios de limpieza, que incluye la forma de limpiar diferentes tipos de superficies, la forma de utilizar diferentes productos de limpieza y la forma de gestionar el personal.
¿Cuáles son las consecuencias?
Positivas
La modificación introducida por el artículo 374 de la Ley "Ómnibus" tiene varias consecuencias positivas:

*Aclara la definición de sistema de negocios, lo que proporciona más seguridad jurídica a las partes involucradas en los contratos de franquicia.

*Facilita la transmisión del sistema de negocios, lo que permite al franquiciante expandir su negocio más fácilmente.

*Mejora la protección de los franquiciados, ya que garantiza que el sistema de negocios que se les transmite es sustancial y transmisible.
Negativas
La modificación introducida por el artículo 374 de la Ley "Ómnibus" no tiene consecuencias negativas evidentes. Sin embargo, algunos expertos han expresado su preocupación de que la modificación pueda hacer más difícil para los franquiciadores proteger su propiedad intelectual.

Estos expertos argumentan que la definición ampliada de sistema de negocios podría permitir a los franquiciados utilizar el sistema de negocios del franquiciante sin pagar la correspondiente cuota de franquicia.

Sin embargo, es importante señalar que esta preocupación es sólo teórica. En la práctica, es poco probable que los franquiciados intenten utilizar el sistema de negocios del franquiciante sin pagar la correspondiente cuota de franquicia. Esto se debe a que los franquiciados necesitan el apoyo del franquiciante para tener éxito. Si los franquiciados intentaran utilizar el sistema de negocios del franquiciante sin pagar la correspondiente cuota de franquicia, el franquiciante podría tomar medidas legales contra ellos.

En general, la modificación introducida por el artículo 374 de la Ley "Ómnibus" tiene más consecuencias positivas que negativas. La modificación aclara la definición de sistema de negocios, facilita la transmisión del sistema de negocios y mejora la protección de los franquiciados. La única preocupación potencial es que la modificación pueda hacer más difícil para los franquiciadores proteger su propiedad intelectual. Sin embargo, esta preocupación es sólo teórica y es poco probable que se materialice en la práctica.

Links de referencia