Ley Ómnibus - Lex
Tipo: Sustitución

ARTÍCULO 464.- Sustitúyese el artículo 60 de la Ley N° 19.945, Código Electoral Nacional, por el siguiente:“ARTÍCULO 60.- Registro de los candidatos y pedido de oficialización de listas. Desde la publicación de la convocatoria y hasta CINCUENTA (50) días anteriores a la elección, los partidos registrarán ante el juez federal con competencia electoral las listas de los candidatos públicamente proclamados, quienes deberán reunir las condiciones propias del cargo para el cual se postulan y no estar comprendidos en alguna de las inhabilidades legales.En el caso de la elección del presidente y vicepresidente de la Nación, y de parlamentarios del Mercosur por distrito nacional, la presentación de las fórmulas y de las listas de candidatos se realizará ante el juez federal con competencia electoral de la Capital Federal.En el caso de la elección de parlamentarios del Mercosur por distritos regionales provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Senadores Nacionales y Diputados Nacionales, la presentación de las listas de candidatos se realizará ante el juez federal con competencia electoral del distrito respectivo.”

¿Qué significa?
El Artículo 464 del proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos modifica el artículo 60 de la Ley N° 19.945, Código Electoral Nacional. Este artículo establece que los partidos deben registrar ante el juez federal con competencia electoral las listas de los candidatos públicamente proclamados, quienes deberán reunir las condiciones propias del cargo para el cual se postulan y no estar comprendidos en alguna de las inhabilidades legales. El cambio principal que introduce el Artículo 464 es que reduce el plazo para el registro de los candidatos de 50 a 30 días antes de la elección. Esto significa que los partidos tendrán menos tiempo para presentar sus listas de candidatos, lo que podría dificultar la participación de nuevos partidos y candidatos en las elecciones.
¿Cuáles son las consecuencias?
El cambio en el plazo para el registro de los candidatos podría tener varias consecuencias negativas. En primer lugar, podría dificultar la participación de nuevos partidos y candidatos en las elecciones. En segundo lugar, podría dar lugar a impugnaciones de las listas de candidatos por parte de los partidos opositores, lo que podría retrasar el proceso electoral. En tercer lugar, podría generar incertidumbre entre los votantes, quienes podrían no saber con certeza quiénes son los candidatos hasta poco antes de la elección. Por otro lado, el cambio en el plazo para el registro de los candidatos también podría tener algunas consecuencias positivas. En primer lugar, podría ayudar a agilizar el proceso electoral. En segundo lugar, podría reducir la cantidad de impugnaciones de las listas de candidatos. En tercer lugar, podría dar lugar a una mayor participación de los votantes, quienes podrían tener más tiempo para informarse sobre los candidatos antes de tomar una decisión.

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