Ley Ómnibus - Lex
Tipo: Sustitución
Actualizado

ARTÍCULO 273.- Sustitúyese el artículo 42° de la Ley N° 17.319 de Hidrocarburos, por el siguiente: “ARTÍCULO 42.- Las autorizaciones de transporte y las habilitaciones de procesamiento en ningún caso implicarán un derecho de exclusividad para quien realiza la actividad.”

Este artículo forma parte de la Ley N° 17.319 de Hidrocarburos, específicamente en el capítulo 09 - ENERGÍA, de una ley más amplia conocida como "Ley Ómnibus" presentada en Argentina por el equipo del presidente Javier Milei al Congreso para su debate y aprobación. Este artículo en particular sustituye el artículo 42° de la mencionada ley.

En términos sencillos, este artículo aborda las autorizaciones de transporte y las habilitaciones de procesamiento relacionadas con los hidrocarburos. Establece que estas autorizaciones no implicarán un derecho exclusivo para quien realiza la actividad.
¿Qué significa?
El artículo establece que la obtención de autorizaciones de transporte y habilitaciones de procesamiento en relación con los hidrocarburos no dará a la persona o entidad autorizada un derecho exclusivo sobre dicha actividad. Esto significa que otras personas o entidades también podrán solicitar y obtener autorizaciones similares para realizar las mismas actividades, sin que la primera persona autorizada tenga un monopolio sobre ellas.

En el caso de las autorizaciones de transporte, se establece un plazo de diez años para solicitar prórrogas, siempre y cuando se cumplan con las obligaciones y se esté transportando hidrocarburos al momento de solicitar la prórroga. Además, se aclara que las concesiones de transporte otorgadas antes de la sanción de esta ley seguirán regidas por los términos y condiciones originales de su otorgamiento.

En cuanto a las habilitaciones de procesamiento, se establece que no estarán sujetas a plazo, es decir, no tendrán un límite temporal para su vigencia.
Ejemplos
Imaginemos que una empresa A obtiene una autorización de transporte para llevar a cabo ciertas actividades relacionadas con los hidrocarburos. Con la modificación introducida por este artículo, otra empresa B podría solicitar y obtener una autorización similar para realizar las mismas actividades, sin que la empresa A tenga un derecho exclusivo sobre ellas.

Otro ejemplo sería una situación en la que una empresa C tiene una concesión de transporte otorgada antes de la sanción de esta ley. Según lo establecido en el artículo, esta concesión seguirá regida por las condiciones originales de su otorgamiento, sin que la modificación introducida afecte su situación.

### 2. ¿Qué consecuencias tiene?
¿Cuáles son las consecuencias?
Positivas
- Mayor competencia: La eliminación del derecho de exclusividad fomenta la competencia en el mercado de transporte y procesamiento de hidrocarburos, lo que puede llevar a una mayor eficiencia y mejores servicios.
- Incentivo a la mejora continua: Al no existir un monopolio sobre las autorizaciones, las empresas estarán incentivadas a mejorar sus prácticas y ofrecer mejores servicios para competir en el mercado.
Negativas
- Riesgo de saturación del mercado: Sin un derecho de exclusividad, podría darse el escenario de que múltiples empresas soliciten autorizaciones para las mismas actividades, lo que podría saturar el mercado y dificultar la operación eficiente.
- Menor estabilidad para las inversiones: La falta de un derecho exclusivo puede generar incertidumbre para las empresas que buscan invertir en infraestructura de transporte y procesamiento, ya que la competencia puede afectar la rentabilidad de dichas inversiones.
- Posible impacto en la calidad y seguridad: La competencia intensificada podría llevar a un enfoque excesivamente centrado en reducir costos, lo que a su vez podría impactar la calidad y seguridad en la prestación de servicios de transporte y procesamiento de hidrocarburos.

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