Tipo: Sustitución
ARTÍCULO 413.- Sustitúyese el artículo 3° del Decreto-Ley Nº 6848/63 por el siguiente:“ARTÍCULO 3° - El Archivo estará formado por documentación en papel o en formato electrónico. Todos los nuevos juicios deberán archivarse en formato electrónico.En aquellos casos en que la documentación exista en papel, el archivo estará formado:1) Con los expedientes terminados y paralizados por más de un año que remitan los tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;2) Con los protocolos de las escribanías de registro, excepto los correspondientes a los siete últimos años, los que quedarán en poder de los escribanos;3) Con los protocolos de escrituras otorgadas por los Secretarios, conforme al artículo 9° de la Acordada de la Corte Suprema de la Nación de fecha 11 de octubre de 1863;Para las actuaciones en curso con soporte digital y todas las actuaciones y futuras el archivo se constituirá con un repositorio digital de las mismas.”
¿Qué significa?
El artículo 413 modifica el artículo 3° del Decreto-Ley Nº 6848/63, que regula el Archivo de Actuaciones Judiciales y Notariales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La modificación establece que el Archivo estará formado por documentación en papel o en formato electrónico, y que todos los nuevos juicios deberán archivarse en formato electrónico. En aquellos casos en que la documentación exista en papel, el archivo estará formado por los expedientes terminados y paralizados por más de un año que remitan los tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los protocolos de las escribanías de registro, excepto los correspondientes a los siete últimos años, y los protocolos de escrituras otorgadas por los Secretarios.
¿Cuáles son las consecuencias?
La modificación del artículo 3° del Decreto-Ley Nº 6848/63 tiene varias consecuencias positivas. En primer lugar, permitirá digitalizar todos los nuevos juicios, lo que facilitará el acceso a la información y agilizará los procesos judiciales. En segundo lugar, permitirá reducir el espacio físico necesario para almacenar los expedientes, lo que supondrá un ahorro de costes. En tercer lugar, facilitará la conservación de los documentos, ya que el formato electrónico es más resistente al deterioro que el papel.
Sin embargo, la modificación también tiene algunas consecuencias negativas. En primer lugar, supondrá un coste inicial para digitalizar los nuevos juicios. En segundo lugar, puede dificultar el acceso a la información para las personas que no tienen acceso a Internet o que no están familiarizadas con las nuevas tecnologías. En tercer lugar, puede aumentar el riesgo de ciberataques y de pérdida de datos.
Información adicional:
El Archivo de Actuaciones Judiciales y Notariales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es una institución pública que tiene como misión custodiar y conservar los documentos generados en los tribunales y las escribanías de la ciudad. El Archivo cuenta con más de 10 millones de expedientes judiciales y notariales, que datan desde el siglo XIX hasta la actualidad.