Tipo: Sustitución
ARTÍCULO 357.- Sustitúyese el inciso b) del artículo 911 del Código Civil y Comercial aprobado por la Ley N° 26.994 y sus modificatorias por el siguiente:“b) rechazar el procedimiento y retirar el depósito, estando a cargo del deudor el pago de los gastos y honorarios;”
El artículo 357 de la Ley "Ómnibus" modifica el inciso b) del artículo 911 del Código Civil y Comercial argentino. Este artículo regula el procedimiento de consignación de pago, que es un mecanismo legal que permite al deudor liberarse de su obligación depositando el dinero o la cosa debida ante un juez o funcionario competente, cuando el acreedor se niega a recibirlo o está ausente o impedido de recibirlo.
¿Qué significa?
El inciso b) del artículo 911 regula la situación en la que el acreedor rechaza el procedimiento de consignación y retira el depósito. En este caso, el deudor queda liberado de su obligación y el acreedor asume los gastos y honorarios del procedimiento.
La modificación introducida por el artículo 357 establece que el deudor también debe pagar los gastos y honorarios del procedimiento, incluso si el acreedor rechaza la consignación y retira el depósito. Esto significa que el deudor siempre será responsable de los costos del procedimiento, independientemente de la actitud del acreedor.
Esta modificación tiene como objetivo desalentar el uso del procedimiento de consignación como una forma de eludir el pago de una deuda. Al hacer que el deudor siempre sea responsable de los costos del procedimiento, se reduce el incentivo para utilizar este mecanismo de manera abusiva.
La modificación introducida por el artículo 357 establece que el deudor también debe pagar los gastos y honorarios del procedimiento, incluso si el acreedor rechaza la consignación y retira el depósito. Esto significa que el deudor siempre será responsable de los costos del procedimiento, independientemente de la actitud del acreedor.
Esta modificación tiene como objetivo desalentar el uso del procedimiento de consignación como una forma de eludir el pago de una deuda. Al hacer que el deudor siempre sea responsable de los costos del procedimiento, se reduce el incentivo para utilizar este mecanismo de manera abusiva.
Ejemplos
Supongamos que un deudor debe pagar una deuda de $10.000 a un acreedor. El deudor intenta pagar la deuda, pero el acreedor se niega a recibir el pago. El deudor entonces inicia un procedimiento de consignación, depositando los $10.000 ante un juez.
Si el acreedor rechaza la consignación y retira el depósito, el deudor quedará liberado de su obligación. Sin embargo, el deudor también deberá pagar los gastos y honorarios del procedimiento, que podrían ascender a varios cientos de pesos.
Esto significa que, en última instancia, el deudor habrá pagado más dinero del que debía originalmente. Por lo tanto, el deudor tendrá menos incentivos para utilizar el procedimiento de consignación como una forma de eludir el pago de una deuda.
Si el acreedor rechaza la consignación y retira el depósito, el deudor quedará liberado de su obligación. Sin embargo, el deudor también deberá pagar los gastos y honorarios del procedimiento, que podrían ascender a varios cientos de pesos.
Esto significa que, en última instancia, el deudor habrá pagado más dinero del que debía originalmente. Por lo tanto, el deudor tendrá menos incentivos para utilizar el procedimiento de consignación como una forma de eludir el pago de una deuda.
¿Cuáles son las consecuencias?
Positivas
La modificación introducida por el artículo 357 tiene varias consecuencias positivas:
- Protege a los acreedores: La modificación desalienta el uso del procedimiento de consignación como una forma de eludir el pago de una deuda. Esto se debe a que el deudor siempre será responsable de los costos del procedimiento, independientemente de la actitud del acreedor. Como resultado, los acreedores estarán más seguros de que recibirán el pago de sus deudas.
- Reduce los costos del procedimiento: Al desalentar el uso abusivo del procedimiento de consignación, la modificación reduce los costos del procedimiento. Esto se debe a que el deudor no tendrá incentivos para iniciar un procedimiento de consignación si sabe que siempre será responsable de los costos.
- Simplifica el procedimiento: La modificación simplifica el procedimiento de consignación. Al eliminar la posibilidad de que el acreedor rechace la consignación y retire el depósito, el procedimiento se vuelve más rápido y eficiente.
- Protege a los acreedores: La modificación desalienta el uso del procedimiento de consignación como una forma de eludir el pago de una deuda. Esto se debe a que el deudor siempre será responsable de los costos del procedimiento, independientemente de la actitud del acreedor. Como resultado, los acreedores estarán más seguros de que recibirán el pago de sus deudas.
- Reduce los costos del procedimiento: Al desalentar el uso abusivo del procedimiento de consignación, la modificación reduce los costos del procedimiento. Esto se debe a que el deudor no tendrá incentivos para iniciar un procedimiento de consignación si sabe que siempre será responsable de los costos.
- Simplifica el procedimiento: La modificación simplifica el procedimiento de consignación. Al eliminar la posibilidad de que el acreedor rechace la consignación y retire el depósito, el procedimiento se vuelve más rápido y eficiente.
Negativas
La modificación introducida por el artículo 357 también tiene algunas consecuencias negativas:
- Incrementa los costos para los deudores: La modificación incrementa los costos para los deudores que se ven obligados a iniciar un procedimiento de consignación. Esto se debe a que el deudor siempre será responsable de los costos del procedimiento, incluso si el acreedor rechaza la consignación y retira el depósito.
- Limita las opciones de los deudores: La modificación limita las opciones de los deudores que buscan pagar sus deudas de manera voluntaria. Antes de la modificación, los deudores podían utilizar el procedimiento de consignación como una forma de liberarse de su obligación, incluso si el acreedor se negaba a recibir el pago. Ahora, los deudores siempre serán responsables de los costos del procedimiento, lo que significa que tendrán menos incentivos para utilizar este mecanismo.
- Podría generar injusticias: La modificación podría generar injusticias en algunos casos. Por ejemplo, si el acreedor rechaza la consignación sin una razón válida, el deudor podría verse obligado a pagar los costos del procedimiento a pesar de que no sea responsable del rechazo.
- Incrementa los costos para los deudores: La modificación incrementa los costos para los deudores que se ven obligados a iniciar un procedimiento de consignación. Esto se debe a que el deudor siempre será responsable de los costos del procedimiento, incluso si el acreedor rechaza la consignación y retira el depósito.
- Limita las opciones de los deudores: La modificación limita las opciones de los deudores que buscan pagar sus deudas de manera voluntaria. Antes de la modificación, los deudores podían utilizar el procedimiento de consignación como una forma de liberarse de su obligación, incluso si el acreedor se negaba a recibir el pago. Ahora, los deudores siempre serán responsables de los costos del procedimiento, lo que significa que tendrán menos incentivos para utilizar este mecanismo.
- Podría generar injusticias: La modificación podría generar injusticias en algunos casos. Por ejemplo, si el acreedor rechaza la consignación sin una razón válida, el deudor podría verse obligado a pagar los costos del procedimiento a pesar de que no sea responsable del rechazo.